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Los dueños de Arauz critican que pagan un IBI muy superior al valor del terreno

Los afectados alegan que las parcelas son rústicas al estar inacabada la urbanización | Afirman que fallos del Supremo y las leyes canaria y estatal apoyan su argumento

Mucha vegetación y escaso cemento. De las 149 parcelas que componen la frustrada urbanización de Arauz, solo en 11 hay alguna edificación aislada. Abundan sobre todo zonas de vegetación abundante, pero abandonada, con ratas y lagartos como residentes y junto a sus aceras rotas, zona de estacionamiento de vehículos. YAIZA SOCORRO

Ricos a la fuerza, al menos a la hora de pagar impuestos en Telde, de abonar por un suelo rural como si fuera urbano pese a que sobre su superficie no hay nada edificado y es residencia de lagartos y ratas. Así lo ven los dueños de las parcelas de la inacabada urbanización de Arauz, que argumentan que las cantidades que pagan en el impuesto de bienes inmuebles (IBI) son excesivas y alejadas de la realidad del valor catastral de sus terrenos. Unos recibos que, pese a la rebaja del 0,60 por ciento por el Catastro, reflejan cantidades de 2.500 euros o más al cobro.

Desde la asociación que aglutina a los afectados, se reclama que a estos terrenos se les catalogue como suelo rural porque la urbanización, impulsada en 1986 y parada definitivamente en 2003, está sin acabar. Una demanda que argumentan con la Constitución Española y las leyes Hipotecaria, del Catastro, Suelo de Canarias, Regeneración Urbana, varios decretos ley y sentencias del Tribunal Supremo.

Aunque hubo una bajada del coeficiente a 0,60% a finales de 2018, estiman que es insuficiente porque "el valor catastral asignado supera el valor de mercado y tiene una influencia determinante a los efectos de determinados impuestos como el impuesto de bienes inmuebles, patrimonio y plusvalías, etc, lo que conlleva gravar una riqueza ficticia o inexistente y, por tanto, a tener un carácter confiscatorio expresamente proscrito en el artículo 31 de la Constitución Española".

Muy por encima del valor real

De hecho, en octubre presentaron escritos a la Gerencia Regional del Catastro de Canarias y al Ayuntamiento para que se les aplique un coeficiente acorde al valor de sus propiedades. Ambas instituciones adelantaron en noviembre que con la reducción al 0,60 por ciento habían atendido las demandas, pero no es así y lejos de cerrarse la cuestión, los dueños de las 149 parcelas afectadas -11 de la zona no pueden acogerse porque sí hay edificaciones- están en desacuerdo y seguirán reclamando sus derechos.

Así, en el recurso presentado ante el Catastro rechazan la aplicación automática del coeficiente de 0,60 por ciento, "sin tener en cuenta el resto de los factores correspondientes a la singularidad de la parcela ni la situación real del deprimido mercado inmobiliario". Resaltan, además, que son parcelas sin edificar, que no disponen de los servicios que acreditan la condición de solar, esto es, vías pavimentadas, encintado de aceras, alcantarillado, suministro de agua, de energía eléctrica y alumbrado público, sin olvidar que "tampoco se ha tenido en cuenta la no accesibilidad y la ausencia de transporte público dentro del polígono ni respecto al resto de la ciudad".

Asimismo, apelan a que el real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, "eliminó la anterior distinción de tres clases de suelo existentes; urbano, urbanizable y no urbanizable, por lo que ya el concepto de urbanizable no existe con anterioridad a la valoración de las parcelas objetos del recurso". O lo que es lo mismo, apuntan, o es rural o es urbano y al no estar edificadas las parcelas, no es zona urban. Y tiran de la legislación, que en el artículo 31.a de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, sobre la equivalencia a los efectos de legislación estatal de suelo se entiende que "los suelos clasificados y categorizados como suelos rústicos, así como lo suelos clasificados y categorizados como suelos urbanizables hasta la recepción de la urbanización se encuentran en la situación básica de suelo rural".

Solicitan al Catastro y al Ayuntamiento que revisen los valores catastrales conforme a la calificación de suelo rural aplicable a los suelos urbanizables programados que no cuenten con la totalidad de las infraestructuras y equipamientos exigibles hasta tanto no esté acabada la urbanización de Arauz. Y "en caso de no ser aceptada la pretensión anterior, se apliquen todos los coeficientes correctores de aplicación dado la inedificabilidad de las parcelas, la ausencia de servicios e infraestructuras operativos y la situación del mercado inmobiliario". Además, que se comunique al Consistorio los nuevos valores para aplicarlos en los impuestos.

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