Un hombre de 59 años se sienta en el banquillo por, presuntamente, agredir sexualmente a su hija adoptiva durante seis años. La Fiscalía Provincial de Las Palmas solicita que se le condene a 14 años de prisión y se le impongan nueve años de libertad vigilada.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas será la encargada de juzgar al presunto agresor sexual que durante seis años mantuvo relaciones no consentidas y con penetración con su hija adoptiva. Los hechos se remontan al año 2010, cuando el acusado supuestamente se aprovechó de la relación de ascendencia que tenía con la víctima para agredirla sexualmente en reiteradas oportunidades. Además, para lograr su cometido y "doblegar la voluntad de la afectada", el hombre, de 59 años, "empleó la fuerza física".

De esta manera, el escrito de acusación del Ministerio Fiscal reseña que desde 2010 y hasta el verano de 2019 el procesado, "con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales", mantuvo relaciones sexuales no consentidas con penetración vaginal con la agredida dentro de la vivienda en la que ambos residían, ubicada en Telde.

El procesado, según asegura el fiscal, le propinaba bofetadas, la agarraba de los brazos y la amedrentaba de diferentes maneras, lo que ocasionaba que "ante el temor" que la situación le generaba, accedía a tener relaciones sexuales con su padre adoptivo.

Por todo ello, el ministerio público le acusa de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal y pide que el procesado sea condenado a 14 años de prisión con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.

Asimismo, requiere que se le imponga la prohibición de acercarse a la víctima a su lugar de trabajo, domicilio o cualquier lugar que ella frecuente a una distancia inferior de 500 metros, así como comunicarse con la afectada por cualquier medio ya sea directo o indirecto durante 20 años. A su vez, el Ministerio Fiscal interesa que se establezca la medida de libertad vigilada para el acusado por un periodo de nueve años, la cual deberá conllevar la obligación de participar en programas de educación sexual y que deberá ser cumplida una vez que se ejecute la pena privativa de libertad.

En cuanto a la responsabilidad civil, el fiscal solicita que el procesado indemnice a su hija adoptiva con la cantidad de 10.000 euros por los daños morales ocasionados.