Un vecino de Telde de 25 años ingresó este martes, 7 de abril, en prisión por orden judicial tras ser juzgado y condenado en firme en el mismo día en dos causas distintas: una por violencia de género -golpeó a su pareja- y la otra por desobediencia a la cuarentena impuesta para hacer frente al coronarivus -salió a la calle el domingo a "increpar e insultar" a los vecinos del barrio-.

Ramón S.S. compareció ayer en calidad de detenido por presunta desobediencia al decreto de confinamiento ante el Juzgado de guardia de Telde (Las Palmas), el número tres, y además de ser juzgado en juicio rápido de conformidad por este delito -por el que se le condenó a cinco meses y dos días de cárcel-, hubo de comparecer nuevamente ante la autoridad judicial, en este caso ante la titular del Juzgado de Instrucción número 2, para hacer frente a una acusación por maltrato familiar con la agravante de reincidencia (se da la circunstancia de que la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 2, Virginia Peña, se encargaba por sustitución de la guardia en el número 3, por lo que fue la misma juez la que vio ambos casos).

En este segundo caso, el acusado admitió de nuevo su delito y fue condenado a siete meses de prisión como autor de un delito de maltrato familiar con la agravante de reincidencia: admitió -para beneficiarse de una rebaja en su condena- que el pasado 1 de abril había "empotrado" a su pareja contra la pared "dándole a continuación un fuerte cabezazo con su frente".

Según consta en este fallo, no era la primera vez que el acusado se sentaba en el banquillo por violencia: el pasado 22 de enero había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital grancanaria a nueve meses de multa por lesiones.

A pesar de tratarse de una condena leve y de conformidad, la autoridad judicial no otorgó al acusado la suspensión de la pena privativa de libertad, ordenando su "inmediato ingreso en el centro penitenciario que corresponda". Ayer ya durmió en prisión.

Se da la circunstancia de que la pareja del acusado no ratificó su denuncia por agresión en el acto del juicio oral: fueron los testimonios de los vecinos los que aportaron testimonios inculpatorios suficientes como para comprometer la presunción de inocencia del acusado.