La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El TSJC confirma las condenas de hasta 12 años de cárcel para 'los Raña'

Tres miembros del clan familiar de Las Remudas «se pusieron de acuerdo para acabar con la vida» de la víctima a la que uno de ellos asestó dos cuchilladas

En la imagen los principales acusados 'El Raña', Israel S. I., Jonathan I. S., y su letrada durante el juicio

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSCJ), ha confirmado las condenas de ocho y 12 años de cárcel al clan familiar de Telde conocidos como los Raña por intento de asesinato. La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso interpuesto por las defensas de cuatro de los seis condenados que intentaron matar a un vecino en Las Remudas en diciembre de 2017.

Así, el fallo del Alto Tribunal canario ratifica la condena de 12 años de prisión impuesta por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas para el principal acusado, Marcos Antonio I.S., conocido como El Raña, por intentar matar a su vecino que logró huir malherido de la agresión. Jonathan -hermano de 'El Raña'-, y su sobrino Israel S.I. fueron condenados a ocho años de cárcel. Todos estos responden como autores de un delito de intento de asesinato. Mientras que para la sobrina del principal acusado, Saray S.I., ha impuesto un año y seis meses de prisión como inductora de un delito de lesiones. También ha sido condenada como autora de uno leve de lesiones junto a la hermana de 'El Raña', María Candelaria, y Tania P.H., quienes deberán pagar una multa de 180 euros.

La sobrina del Raña, Saray S.I., fue condenada a un año y seis meses por un delito de lesiones y a otro de lesiones leves por el que deberá pagar una multa de 180 euros. Delito que también fue impuesto a las acusadas María Candelaria, hermana del principal acusado, y a Tania P.H., hermana a su vez de la víctima. Saray S.I. y Tania P.H. iniciaron una pelea tras el apuñalamiento de la víctima, en la que también se vio implicada una tercera hermana que resultó herida, Deborah P.H., que recibió varios golpes en el rostro, y María Candelaria I.S.

Hechos

Los hechos se remontan al 12 de diciembre de 2017 cuando la víctima se encontraba en un bar tomando una cerveza en las inmediaciones del parque de Las Remudas y apareció Saray S. I. La acusada comenzó a espetarle «guarro, hijo de puta» a lo que el agredido respondió «guarra tu que tienes los dientes podridos». Acto seguido, la sobrina de 'El Raña' hizo una llamada telefónica al tiempo que le gritaba «no te vayas que ahora bajan mis tíos». 

La víctima, «que temía por su vida», cogió un bate de béisbol de un huerto cercano y -tras transcurrir entre tres y cuatro minutos- aparecieron en el lugar los tres condenados por asesinato en grado de tentativa. Marcos Antonio I. S. portaba un cuchillo de grandes dimensiones que llevaba escondido en el pantalón, Jonathan portaba un palo e Israel S. I. una botella rota. Los tres se pusieron «de acuerdo para acabar con la vida» de su vecino. 

'El Raña' le animó a tirar el palo para pelearse con Jonathan usando las manos y una vez que la pelea comenzó, Israel S. I. se acercó con la botella rota a él. Acto seguido, y sin que la víctima pudiese percatarse, Marcos Antonio sacó el cuchillo y se lo clavó dos veces en el costado izquierdo. El agredido logró huir de los condenados con la ayuda de un vecino que le dijo que corriera al aparcamiento seis donde fue auxiliado por un joven que lo trasladó al centro de salud cercano.

Las hermanas del afectado, Tania y Deborah P. H., acudieron al lugar tras enterarse de lo sucedido por lo que se produjo una segunda reyerta entre ellas y las condenadas Saray S.I, y María Candelaria I. S. en la que todas resultaron heridas. El fallo del TSJC resalta que los hechos son protagonizados por los integrantes de la familia «conocida como los Raña», un «clan que opera en el barrio de Las Remudas» quienes tienen «numerosos antecedentes por tráfico de drogas y robos». De hecho, la sentencia destaca que el principal acusado narró ante el juez que «estaba comprando hachís» cuando comenzó el incidente. Este fallo no es firme ya que cabe interponer un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del TSJC.

Compartir el artículo

stats