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El TSJC anula el Presupuesto de Telde del ejercicio de 2020

La Sala considera que las Cuentas no cuentan con equilibrio económico

Sesión plenaria del Ayuntamiento de Telde

La Sección Primera de la Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado del Presupuesto anual del ejercicio de 2020 del Ayuntamiento de Telde. 

La institución judicial considera que no está ajustada a derecho la aprobación de estas Cuentas Generales por no contar con las bases suficientes ni los cálculos fehacientes que acrediten la razonabilidad de las previsiones de ingresos, "lo que constituye un defecto esencial en la formación del presupuesto", cita textualmente el documento. Por otro lado, el fallo no solo declara la nulidad del acuerdo plenario por el cual se dio el visto bueno de esta partida económica, sino que además ha impuesto una condena de costas a la administración local, aunque no se especifica la cantidad monetaria. 

En la sentencia señalan que la resolución está basada en los argumentos expuestos en el informe redactado por el Tribunal de Cuentas el pasado mes de febrero, en el que se deja claro que este Presupuesto municipal no está bien nivelado. Es decir, los ingresos previstos para ese ejercicio no estaban bien equilibrados con respecto a los gastos. Una conclusión a la que llegan al carecer el expediente de documentos imprescindibles con los que pueda comprobarse el equilibrio financiero. 

El órgano efectuó la investigación el año pasado tras recibir precisamente una petición del TSJC en relación a una denuncia presentada por Ciuca, partido de la oposición del Consistorio teldense. En el requerimiento, la formación alega cuatro motivos principales por los que consideran que el documento no está bien ejecutado: el primero es que fueron la interventora y la tesorera quienes firmaron su validez, cuando debía ser efectuada por un habilitado nacional externo. El segundo fue "la falta de integración de documentos exigidos respecto a las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenece a la Corporación demandada", en referencia a la Sociedad de Desarrollo y Promoción de Telde, una empresa vinculada con la administración que, a pesar de no tener ya actividad, no está dada aún de baja y por tanto debe ser reconocida en el Presupuesto.

El tercer motivo tienen que ver con la liquidación de las cuentas de 2018 y el avance del 2019, en los que se efectuaron modificaciones presupuestarias y reconocimientos extrajudiciales de crédito "de manera que el presupuesto del ejercicio de 2020 no cumple con la necesaria estabilidad presupuestaria". Finalmente, el grupo político señaló en su escrito de demanda que se había vulnerado el reglamento orgánico de distritos del municipio, ya que la Junta municipal de distrito "debe informar el proyecto anual de los presupuestos, en especial los proyectos que se gestionen directamente desde el distrito", concluyó. 

El Ayuntamiento de Telde alegó ante este ataque que la interventora había certificado un mes antes de la celebración del pleno donde se aprobaron los Presupuestos que este daba cumplimiento de estabilidad. Sin embargo, el TSJC ha determinado que no es posible garantizar que se cumplen estas condiciones (a pesar de que se aprobasen las cuentas con superávit) al no especificarse en los informes de intervención, en el informe económico ni en la memoria del alcalde, ningún cálculo o base técnica. "Por más que la administración demandada afirme lo contrario, debe la Sala estimar las apreciaciones del Tribunal de Cuentas como órgano que es de fiscalización de aspectos como los que están en tela de juicio", concluye la institución judicial. 

Ciuca afirma que está expectante a los movimientos del Gobierno local con respecto al fallo de nulidad antes de valorar si solicitar o no la ejecución de la sentencia, por lo que el Ayuntamiento debería llevar a cabo la corrección del presupuesto. Esta situación podría provocar a su vez la modificación de los presupuestos del 2021 y la recién aprobada partida económica para este nuevo ejercicio.

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