La igualdad efectiva en el trabajo entre hombres y mujeres está más cerca de lograrse gracias a una sentencia de Gloria Poyatos que acaba de ser ratificada por el Tribunal Supremo (TS). El fallo da la razón por segunda vez a Intersindical Canaria al tumbar el convenio de la empresa que se encarga del servicio de basuras en Telde, pues establece que esta compañía vulnera el derecho a la no discriminación salarial por razón de sexo.

La resolución, por tanto, rechaza el recurso de casación planteado por las empresas FCC Medio Ambiente y UTE Telde (Valoriza- Hnos. Santana Cazorla) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que es confirmada en su integridad con los argumentos en favor de la igualdad y la perspectiva de género de Poyatos.

Dicho convenio recoge distintas categorías laborales en las que, en síntesis, los «peones» son mujeres y los «peones polivalentes» son hombres. Y ahí reside la vulneración del derecho fundamental, pues la magistrada considera que ambos trabajos son iguales y, por tanto, procede la equiparación salarial.

La ponente aclara que la diferente clasificación profesional con la asignación de dos categorías distintas a quienes realizan las mismas funciones, no responde a criterios neutros, sino que la diferente denominación y pertenencia a una u otra categoría se determina por criterios sexistas.

La demanda, interpuesta por el abogado laboralista Diego León, acredita que el factor determinante de la discriminación, en torno al 15% de retribución en la categoría de Limpiadora, es la feminización, y eso constituye una forma de discriminación indirecta. César Merino, secretario de Intersindical Canaria, destaca que «estamos ante una sentencia ejemplarizante» porque «dimensiona la acción sindical con perspectiva de género y pone ante el espejo de la sociedad la realidad sobre la brecha salarial por trabajo de igual valor», lo cual evidencia la cultura de la discriminación basada en el género.