Pleito judicial
Telde evita pagar a Repsol 2,48 millones por el cierre de la gasolinera de Las Remudas
El juzgado desestima la reclamación de la petrolera contra el Ayuntamiento al considerar que la acción estaba prescrita

Gasolinera Repsol en Las Remudas. / LP/DLP

El Ayuntamiento de Telde ha evitado el pago de 2,48 millones que reclamaba Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A. por el cierre de la estación de servicio de Las Remudas, clausurada de forma efectiva en marzo de 2015 tras la ejecución del precinto ordenado por el Consistorio.
La sentencia, dictada el 29 de junio de 2026 por la magistrada-juez Esperanza Ramírez Eugenio, titular del Tribunal de Instancia, Sección Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, desestima íntegramente el recurso interpuesto por la compañía petrolera. Además, impone a Repsol el pago de las costas procesales, con un límite de 3.500 euros.
El caso tiene su origen en un largo proceso administrativo y judicial relacionado con las licencias de la gasolinera. Las autorizaciones urbanísticas y de actividad fueron anuladas años antes por los tribunales al apreciarse defectos en su tramitación administrativa, lo que dejó a las instalaciones sin cobertura legal para seguir funcionando. A raíz de esa anulación, el Ayuntamiento dictó el 4 de julio de 2014 un decreto en el que ordenaba el cese de la actividad y la demolición de las instalaciones. Ante el incumplimiento de esa orden, el Consistorio procedió en marzo de 2015 al precinto efectivo de la estación de servicio.
Fuera de plazo
Repsol vinculó posteriormente ese cierre a los perjuicios económicos por los que reclamaba al Ayuntamiento una indemnización de 2,48 millones de euros, más los intereses y la actualización correspondiente. La compañía solicitaba que se declararan nulos los decretos municipales que rechazaron su reclamación de responsabilidad patrimonial y que el Consistorio fuera condenado a indemnizarla.
Sin embargo, la magistrada concluye que la reclamación fue presentada fuera del plazo legal de un año previsto para este tipo de acciones. La resolución considera que el acto que originó el posible daño fue el decreto municipal del 4 de julio de 2014, que ordenó el cese de la actividad y la demolición de las instalaciones, y no el posterior precinto ejecutado en marzo de 2015.
En consecuencia, el juzgado entiende que, cuando Repsol formuló la reclamación de responsabilidad patrimonial, el derecho ya había prescrito. Por este motivo, confirma la legalidad de la actuación municipal y desestima íntegramente la demanda.
El fallo no es firme
La sentencia pone fin, en primera instancia, a un procedimiento ordinario iniciado en 2024 en el que la petrolera pretendía que el Ayuntamiento asumiera el coste económico derivado del cierre de la estación de servicio. El fallo, no obstante, no es firme y puede ser recurrido en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
El alcalde de Telde valoró la sentencia como “una excelente noticia para la ciudad”, al evitar que el Ayuntamiento tenga que afrontar una indemnización millonaria “con dinero de todos los vecinos”.
“Son 2,48 millones de euros que permanecen en las arcas municipales y que podrán seguir destinándose a mejorar los servicios públicos, mantener las inversiones previstas y atender las necesidades de la ciudadanía”, señaló el primer edil.
El alcalde añadió que la resolución “refuerza la seguridad jurídica de la actuación municipal” y acredita que el Ayuntamiento actuó conforme al ordenamiento jurídico. “Nuestra obligación es defender siempre el interés general y proteger los recursos públicos, y este fallo confirma que esa defensa se ha realizado con rigor y responsabilidad”, afirmó.
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