Es oficial: la prórroga de alquiler de 5 años también afecta al alquiler de habitaciones
La justicia equipara el alquiler de una habitación a una vivienda completa si es el domicilio habitual del inquilino, aplicando la Ley de Arrendamientos Urbanos

Es oficial: la prórroga de alquiler de 5 años también afecta al alquiler de habitaciones / LP / DLP
La sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria ha arrojado luz sobre una de las prácticas más comunes: el alquiler por habitaciones. Tras el caso del norte de España, en el que el tribunal da la razón a una inquilina que se negó a abandonar la estancia al entender que tenía derecho a las prórrogas forzosas de 5 o 7 años, el mercado del alquiler se enfrenta a un cambio de paradigma real.
¿Qué dicta la sentencia?
La resolución ratifica que, si una habitación constituye la vivienda permanente del inquilino, este tiene derecho a la prórroga obligatoria —de cinco o siete años según el caso—, independientemente de lo estipulado en el contrato en vigor. La sentencia aclara que la protección de la LAU no depende de la tipología del inmueble, sino del uso que se le dé.
De esta forma, si el inquilino no tiene otra vivienda, aunque comparta baño y zonas comunes con otros arrendatarios, se considera que reside de forma estable en la habitación. Por tanto, el contrato se transforma automáticamente en uno de arrendamiento de vivienda.
Con este fallo, la justicia entiende que se debe aplicar la Ley de Arrendamientos Urbanos y no el Código Civil, ya que la habitación se considera, a todos los efectos legales, una vivienda de uso permanente y digna de protección.
El artículo 2 de la Ley de Arrendamiento Urbano
El precepto legal define el arrendamiento de vivienda como aquel que recae «sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario». Bajo esta premisa, el reciente fallo judicial expande dicho límite al interpretar que una habitación en un piso compartido cumple la función de "edificación habitable" siempre que en ella se desarrolle la vida privada y cotidiana del inquilino.

Alquiler de habitación en Vecindario / Idealista
La sentencia sienta un precedente que redefine las reglas del mercado inmobiliario. Al equiparar el alquiler de estancias con el de una vivienda íntegra —siempre que constituya el domicilio habitual—, el marco jurídico se desplaza desde la flexibilidad del Código Civil hacia la protección de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Este cambio de paradigma no solo otorga una mayor certidumbre jurídica a los residentes frente a la precariedad, sino que obliga a una planificación mucho más rigurosa por parte de propietarios y gestores de activos ante la pérdida de discrecionalidad en la duración y prórroga de los contratos.
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