El Senado limita a 95.000 euros el salario máximo que pueden percibir al año los presidentes de los cabildos de Gran Canaria y Tenerife, es decir, el mismo que ingresa anualmente un secretario de Estado. Esta es una de las medidas que ayer debatieron los grupos del Senado en referencia al proyecto de ley de racionalización y sostenibilidad local.

En las islas menores se acordó que el sueldo de los presidentes de cabildos se limitará siguiendo como baremo la retribución del alcalde del municipio más poblado de su provincia. En el caso de la provincia de Las Palmas, Arrecife es el municipio con más habitantes, con 56.284. Por otro lado, en Santa Cruz de Tenerife, Santa Cruz de La Palma es la localidad con mayor población, con 85.468 habitantes.

En ambos casos, al ser localidades que tienen entre 25.000 a 150.000 habitantes, el límite máximo del salario para los presidentes de los cabildos de La Palma, La Gomera, El Hierro, Fuerteventura y Lanzarote será el 70% del sueldo que perciben los alcaldes de los dos municipios indicados.

Aunque en el Archipiélago no se da el caso, para poblaciones de entre 15.000 y 25.000 habitante la retribución no superará el 50% del salario del alcalde del municipio más poblado.

Aumento de retribuciones

El pleno del Senado debatió ayer las 447 enmiendas parciales presentadas a la ley de la reforma local. En este sentido, los grupos del Senado acordaron una enmienda que modifica la ley de reforma local y por la que se aumentan las retribuciones previstas para los ediles de los municipios de menos de 20.000 habitantes.

La votación de las enmiendas se realizará hoy, no obstante, ayer ya fueron aprobadas las transaccionadas por los grupos de la cámara. Es el caso de una enmienda apoyada por PP, PSOE, CiU, Entesa y PNV, que se refiere al artículo de la ley que establece que las retribuciones de los miembros de las corporaciones locales se fijarán anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, pero no podrán superar el sueldo que percibe un secretario de Estado (entre 95.000 y 100.000 euros anuales).

La novedad es que se aumenta el porcentaje que recibirían los miembros de las corporaciones de entre 10.000 y 20.000 habitantes, al pasar de un 45% de ese salario -cantidad que fijaba la ley- a un 50%. En Canarias este cambio afecta a 14 municipios.

Asimismo, los miembros de las corporaciones locales de poblaciones de 5.000 a 10.000 habitantes podrán cobrar hasta el 45 % del salario de un secretario de Estado, es decir, un 5% más de lo previsto inicialmente. Esta modificación alcanza a 22 localidades canarias. Por otra parte, los ediles de pueblos de 1.000 a 5.000 habitantes hasta un 40%, situación que se da en 23 municipios isleños.

En el baremo inicial, los ediles de pueblos de 2.000 a 5.000 habitantes podrían cobrar hasta un 30 % del sueldo de un secretario de Estado, y los de 1.000 a 2.000 hasta el 20% de ese sueldo, una división que elimina la enmienda.

Los grupos pactaron seis enmiendas transaccionales a la ley, entre las que destaca una de las solicitudes de la Federación Española de Municipios Menores (FEEM), para que las entidades inferiores al municipio que antes de 2013 hubieran iniciado los trámites para constituirse en entidad local, nazcan con personalidad jurídica propia y manteniendo esa calidad de entidad local autónoma, según la legislación de cada comunidad. Además, otra enmienda recoge que las entidades de territorialidad inferior al municipio mantendrán, con la entrada en vigor de la nueva ley, tanto su personalidad jurídica como la condición de entidad local.

Una enmienda de adición presentada por UPN recibió el apoyo de todos los grupos y reconoce a Navarra, "sin perjuicio de las facultades de coordinación y tutela que les corresponden", la competencia para decidir sobre la forma de prestación de los servicios.

Asimismo, el Senado modificó una disposición adicional de la reforma local para precisar que la aplicación de esta ley a los Consejos Insulares de Baleares "se realizará en los términos previstos en su legislación específica y con estricta sujeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera".

El grupo popular presentó una enmienda que reconoce que la aplicación de la ley en Aragón se realizará teniendo en cuenta "el régimen especial de organización institucional" previsto en su propio Estatuto de autonomía.