La Fiscalía de Canarias ha comenzado a preparar de manera conjunta con la del Tribunal Supremo (TS) el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que condena a la Fiscalía de Las Palmas por vulnerar los derechos fundamentales de la diputada de Podemos y juez en excedencia Victoria Rosell.

La sentencia, que fue dictada el martes por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, estima parcialmente la demanda de Rosell al considerar que la Fiscalía violó sus derechos de defensa y de acceso a un cargo público en condiciones de igualdad, pues le abrió una investigación por motivos disciplinarias para la que carece de competencia y, posteriormente, la hizo pública al remitir un comunicado a los medios de comunicación que rompe la neutralidad de las instituciones estatales en los procesos electorales.

El fiscal superior de Canarias, Vicente Garrido, explicó ayer que "respeta" la sentencia, pero aclaró que es recurrible y "no comparte" los criterios empleados por la Sala para negarle a la Fiscalía la competencia con la que investigar a un juez por razones disciplinarias.

El TSJC equipara las diligencias contra Rosell con un proceso disciplinario y, por ese motivo, las declara nulas, ya que se trata de una potestad exclusiva del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuya función es velar por la independencia de los jueces y el cumplimiento de sus deberes.

La Fiscalía, en cambio, considera que su Estatuto Orgánico y la Constitución la legitiman para hacer esas indagaciones, las cuales son distintas a la potestad sancionadora del CGPJ, pues el motivo de las misma es recabar información sobre la actuación de Rosell y remitirla al órgano de gobierno de los jueces, con la finalidad de que éste sea el que decida.

Eso, en síntesis, es lo que hizo la Fiscalía: recibió de forma anónima un contrato entre la UD Las Palmas y la pareja de Rosell, citó a los testigos que participaron en la cesión de la frecuencia de radio y remitió las diligencias al CGPJ, pues el juzgado de Rosell investigaba al presidente de la UD y ésta podría haber vulnerado su deber de abstención al tener un interés indirecto en la causa. La denuncia fue rechazada al no apreciar irregulares.

Esas diligencias son las que ha anulado el TSJC. La Sala vincula la investigación con su difusión para motivar la vulneración de derechos, pero se equivoca en las fechas. El portavoz y fiscal jefe provincial, Guillermo García-Panasco, no remitió el comunicado el 4 de diciembre, que es cuando empezó la campaña electoral, sino un día antes. Es un error que no tiene mayores consecuencias, pero servirá a la Fiscalía para explicar al Supremo los motivos por los que hizo pública la información. No hay precedentes de un caso igual. De ahí el interés de Madrid por asumir el recurso. También trabaja en el mismo la Abogacía del Estado.