El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado el real decreto ley de noviembre de 2012 que dejó sin efecto, para ese ejercicio, la actualización de las pensiones en relación con el índice de precios de consumo (IPC).

El Tribunal rechaza así el recurso formulado por ocho de los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados en la oposición- el PSOE, IU, ICV-EUIA, CHA, Izquierda Plural, PNV, CiU y UPyD-, y sostiene que cuando se aprobó el real decreto, los pensionistas tenían una mera expectativa de derecho a la actualización de su pensión, pero no un derecho "consolidado, asumido e integrado en su patrimonio", lo que impide considerar inconstitucional la medida.

El Consejo de Ministros decidió en noviembre de 2012 no pagar a los más de 8,1 millones pensionistas por la desviación de la inflación de ese año. Eso supuso, en la práctica, una bajada de las pensiones en términos reales. En enero de aquel año, las pensiones subieron un 1%. Pero, según la norma, había que esperar hasta el mes de noviembre para saber cuánto subían finalmente los precios y revisar la subida inicial. Llegado el momento, se supo que los precios habían subido en noviembre un 2,9%, pero el Gobierno decidió no abonar la diferencia.

Según los recurrentes, la norma impugnada establece una medida de carácter retroactivo que vulnera el "principio de irretroactividad" de las leyes, en cuanto que es contraria al derecho de los pensionistas a recibir "pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas".

El Tribunal Constitucional destacó que este principio no es general, sino que está referido "exclusivamente" a las normas sancionadoras o restrictivas de derechos individuales. Por ello, sostiene que, fuera de esos dos supuestos, "nada impide constitucionalmente al legislador dotar a la ley del grado de irretroactividad que considere oportuno".

El fallo cuenta, no obstante, con los votos discrepantes de los magistrados Fernando Valdés Dal-Ré y Luis Ortega quienes formularon un voto particular al que se han adherido la vicepresidenta, Adela Asua, y el magistrado Juan Antonio Xiol.