La Audiencia de Las Palmas revisará el próximo martes la sentencia que impone ocho años de inhabilitación al exalcalde de Mogán Francisco González (PP) como autor de un delito de prevaricación.

González fue condenado el pasado 9 de noviembre por el Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas de Gran Canaria. El recurso de apelación de su abogado, José E. Marrero Martel, entró en la Audiencia de Las Palmas el 16 de enero y cayó la Sección Sexta. En poco más de un mes, según la diligencia de ordenación y la providencia dictada, el tribunal tiene fecha para votación y fallo, es decir, para decidir si revoca o confirma la condena del exregidor. "Nos sorprende la rapidez con la que la Sala ha tramitado el recurso, sobre todo porque es conocida la demora en la jurisdicción penal para resolver las apelaciones", denuncia el abogado que ejerce la acusación en ese pleito, Daniel Reyes.

El letrado, que representa a la alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, no duda de la imparcialidad de los magistrados que entrarán en el fondo del asunto, pero le llama atención la "celeridad" con la que se ha tramitado el expediente. "No nos podemos quejar de que el sistema funcione como debería, pero sí de una rapidez que es atípica en estos procedimientos", opina Daniel Reyes.

Francisco González está inhabilitada porque en abril de 2013, cuando era alcalde, se negó a convocar un pleno que siete concejales le pidieron para debatir dos asuntos: la supuesta agresión de dos policías locales a un inmigrante y un brote de salmonella en una guardería.

Subterfugios

También fue condenado el secretario del Ayuntamiento, Domingo Arias, porque el alcalde rechazó convocar el pleno al abrigo de un informe suyo que cuestionaba la pertinencia de su celebración. La Fiscalía de Las Palmas, sin embargo, entendió que el dictamen era un subterfugio y formuló acusación junto con el abogado de Onalia Bueno.

El Juzgado de lo Penal número 2 sentenció que tanto el alcalde como el secretario actuaron "a sabiendas de sus consecuencias", pues buscaron de forma arbitraria y deliberada una vía para no acceder a la petición de la oposición, con interpretaciones del reglamento municipal que son contrarias a la jurisprudencia.

La sentencia considera probado que el alcalde y el secretario eran conocedores de varias resoluciones judiciales que ponían en entredicho el informe y obligaban a la convocatoria del pleno. De ahí la condena por prevaricación, esto es, por dictar una resolución a sabiendas de su injusticia. González, en un juicio anterior, resultó absuelto por adoptar otra controvertida decisión, en ese caso por impedir la grabación de los plenos. El juez, en este supuesto, no consideró que su conducta fuera merecedora de reproche penal.

La rapidez con la que la Audiencia de Las Palmas parece dispuesta a revisar su caso está amparada en la Ley Electoral, que impide a los candidatos presentarse a las elecciones si están inhabilitados. Antes de la reforma de esta ley, si la sentencia no era firme cabía la posibilidad de presentarse, pero ahora no es posible si hay una condena en la primera instancia.

De hecho, una situación similar motivó la expulsión de Domingo González Arroyo de la Alcaldía de La Oliva, en Fuerteventura. El mes pasado, en San Bartolomé de Tirajana, Francisco Guedes renunció a tomar posesión como concejal al estar inhabilitado por su condena en le caso paraíso, la cual está recurrida ante el Tribunal Supremo.

Con todo, el abogado de Onalia Bueno no ve justificadas las "prisas" de la Audiencia de Las Palmas para revisar la sentencia de González. Pone, como ejemplo, a otro ilustre, Francisco Santiago, exalcalde de Telde, que fue inhabilitado en 2013 por el caso Irichen y la Sección Primera no resolvió su recurso hasta 2016. La sala, en este caso, confirmó la condena del político de Nueva Canarias.