El jurado declaró culpables de homicidio por imprudencia a los padres de Artenara acusados de dejar morir a su hijo de tres años, Ahren Grahia Santana, por desnutrición y desatención. El fiscal pide ahora la pena máxima de cuatro años de prisión para cada uno de los acusados, Yurena Santana e Isidro Yeray Santana, mientras que la defensa rebaja a dos años de cárcel y la suspensión de la pena. Asimismo, la fiscalía mantiene los 60.000 euros de indemnización para los hermanos de Ahren por responsabilidad civil mientras que la defensa pide que no paguen nada teniendo en cuenta su situación económica.

El jurado tenía que declarar probados los hechos alegados por las partes durante las dos sesiones del juicio oral. Finalmente, los miembros del jurado manifestaron que no quedó probado que la desatención de los más elementales cuidados del menor fue deliberada y reiterada, siendo conscientes de que esa falta de cuidados podría ocasionarles la muerte, por lo que se desestimó la petición del fiscal, César Casorrán, de imputarlos por homicidio por omisión, con una pena de 10 años de prisión más otros cinco por parentesco.

Casorrán ha insistido a la Audiencia Provincial que se imponga la pena máxima prevista para homicidios por imprudencia debido a la gravedad de los hechos, ya que en sus tres años y cinco meses de vida el pequeño Ahren nunca recibió asistencia médica. También ha pedido que se les obligue a indemnizar a los hermanos del menor fallecido la cantidad de 60.000 euros por responsabilidad civil.

Mientras, las defensas reconocieron que tanto Isidro como Yurena son culpables de una imprudencia grave pero insistieron en que la condena fuese de dos años de cárcel y que el tribunal les permita seguir en libertad.

Por otra parte, el jurado declaró probado los hechos de que ambos eran conscientes de que la vida de Ahren dependía de su atención y cuidados personales y, sin embargo, desde su nacimiento hasta el mismo día de su fallecimiento desatendieron los cuidados básicos a los que se encontraban obligados. Al igual quedó probado que el menor no obtuvo asistencia médica en sus tres años y cinco meses de vida ni una adecuada alimentación, de la que se vio privada hasta el punto de provocar un estado continuado de desnutrición y deshidratación unido a una extremada falta de higiene.

El jurado también dio por probado el hecho de que ese comportamiento omisivo, unido a las patologías sufridas por el menor, la primera de ellas derivada de un traumatismo severo en la nariz y boca provocado por, al menos, dos caídas se fue agravando con el tiempo de manera que se sobreinfectaba produciendo necrosis, y la otra una bronconeumonía crónica y finalmente aguda, que fueron empeorando a lo largo de su vida, derivaron en un deterioro físico del menor que finalmente provocaron su muerte.

Asimismo quedó probado por unanimidad que los padres no le prestaron los cuidados que necesitaba sobre todo a partir de que se cayó y que se hizo la herida en la nariz, pero con esa falta grave de cuidados no querían matarlo, sino que no fueron conscientes de la gravedad de las heridas que degeneraron en unas dificultades para la respiración del niño.

El informe de la autopsia concluyó que la muerte fue natural derivada de una bronconeumonía como causa básica, siendo la causa final una broncoaspiración favorecida por la malformación en el rostro de la nariz y labios, deshidratación y malnutrición con la consiguiente disminución de defensas.

De esta manera, el jurado declaró no culpables de homicidio por omisión a Isidro y Yurena con los cinco votos mínimo y los declaró culpables del delito de homicidio imprudente con siete votos. En cuanto a la suspensión de la pena, el jurado consideró que no cabría la posibilidad por la gravedad de los hechos.

Tras la manifestación del jurado, el fiscal pidió cuatro años de cárcel para cada uno, la pena máxima de homicidio por imprudencia, y el pago de 60.000 euros a los hermanos de Ahren por responsabilidad civil. La defensa reconoció el delito grave pero pidió rebajar la pena a dos años de prisión y que no pagasen una multa por las dificultades económicas de ambos.