El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la ordenanza que regula la recogida de basuras en el municipio de Yaiza (Lanzarote) desde 2004, porque su informe económico financiero carece de firma, lo que impide certificar que ese documento existía con carácter previo a su aprobación.

Esta sentencia pone fin a un litigio que se inició cuando la empresa Bodegas La Geria impugnó la tasa de recogida de basuras que le había girado en 2011 el ayuntamiento de Yaiza.

Su recurso recayó en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, pero este elevó el asunto al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), al apreciar indicios de la que ordenanza municipal incurría en vicio de ilegalidad, por carecer de un estudio económico financiero.

El Ayuntamiento de Yaiza intentó después demostrar que ese estudio sí existía y aportó una copia sin firmar.

Luego, entregó al TSJC un informe del tesorero municipal de noviembre de 2003 en el que se cita el nombre del ingeniero que lo redactó y una carta suscrita por ese mismo técnico en el que reconoce ser el autor del documento sin firmar.

Sin embargo, ni el TSJC ni el Supremo aceptan ninguno de los dos documentos como prueba de que ese informe financiero existían antes de que la ordenanza de 2004 fuera a probada.

"Y ello", explica el Alto Tribunal, "no solo por falta de firma, que supone que no queda demostrada su autoría, sino porque el secretario del Ayuntamiento, que tiene a su cargo la fe pública de los actos y acuerdos municipales, y no el tesorero ni cualquier otro funcionario, no expidió certificación acreditativa de que el documento debidamente rubricado ya existía en el expediente original y que se ha extraviado".

La falta de un informe financiero previo vicia de nulidad la ordenanza, porque, sin él, "se desconoce si los criterios tenidos en cuenta para la fijación de la tasa se ajustan al coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o, en su defecto, al valor de la prestación recibida", como razonaba desde el inicio el Juzgado número 5 de Las Palmas de Gran Canaria.