La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha ordenado la apertura de diligencias para investigar la presunta prevaricación y desobediencia cometida por tres funcionarios del Ayuntamiento de la capital grancanaria, al retrasar la clausura de un restaurante pese a que una sentencia de diciembre de 2010 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló la licencia del local situado en el número 11 de la calle Malteses. El Ayuntamiento se resistió a ordenar el cierre del local tras recibir hasta tres apercibimientos del juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres para que procediese a precintar la casa de comidas.

La sentencia de diciembre de 2010, que adquirió firmeza en febrero de 2011, obligaba al Ayuntamiento a clausurar el restaurante, pero la corporación no ordenó el cierre y desalojo del restaurante hasta noviembre de 2011, cuando habían transcurrido once meses de la anulación de la licencia y seis meses desde que el juzgado envió el primer apercibimiento.

El juez anuló la licencia del local, al estimar una denuncia de la presidenta de la asociación de vecinos Triana-San Telmo, Pepa Sánchez Doreste, y considerar que la protección urbanística que tiene el viejo caserón del siglo XVIII prohibe el uso del inmueble como local de comidas, ya que el Plan de Protección Vegueta- Triana (Pepri) sólo permite el uso residencial.

Debido al retraso en el cumplimiento de la sentencia que le daba la razón, Pepa Sánchez se querelló contra los funcionarios municipales Gonzalo Muñoz García de la Borbolla, jefe del servicio de Actividades Comerciales e Industriales; Soledad Cabrera Sánchez, jefa de sección del mismo departamento y Carmen Nieves Martín Pérez, directora general de Ejecución Urbanística, por los presuntos delitos de prevaricación y desobediencia. Sánchez consideró que hubo una "actitud de connivencia" con el responsable del local.

El juzgado de Instrucción número 6 decidió el 17 de julio de 2012 desestimar la querella de Sánchez y tras un recurso de reforma de ésta, los tribunales volvieron a desestimar la denuncia en un auto emitido el 20 de septiembre de 2012. La Fiscalía también apoyó la desestimación. La dirigente vecinal volvió a presentar un recurso de reforma en apelación y la Audiencia Provincial ha decidido en esta ocasión, a través de un auto emitido el 14 de mayo de 2014, admitir parcialmente la demanda de Sánchez.

Indicios

Los magistrados Miguel Ángel Parramón, Secundino Alemán e Ignacio Marrero han revocado el auto desestimatorio porque entienden que es necesario comprobar primero si los funcionarios denunciados incurrieron en un delito de prevaricación y desobediencia. Los jueces han llegado a la conclusión de que existen "indicios" de infracción penal.

Pepa Sánchez recordó que, tras declararse la firmeza de la sentencia, el Juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria comunicó al Ayuntamiento capitalino que disponía de un plazo de 10 días para ordenar la clausura del local.

Transcurridos dos meses, y ante la pasividad del Ayuntamiento, Sánchez Doreste instó en mayo de 2011 la ejecución forzosa de la sentencia. El 16 de mayo de ese año, el Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 requirió al Ayuntamiento para que en diez días justificase si había procedido o no a la ejecución de la sentencia dictada. El 6 de junio, el Ayuntamiento envió una resolución con la anulación de la licencia concedida el 30 de abril de 2008. Sin embargo, el restaurante siguió funcionando. El 7 de junio de 2011, el juzgado dictó una providencia por la que se volvió a requerir al Ayuntamiento para que, en cinco días, clausurase el establecimiento, bajo los apercibimientos legales correspondientes, pero la corporación tampoco se dio por enterada esta vez. El 6 de julio se dictó el tercer apercibimiento y Gonzalo Muñoz ordenó la paralización "voluntaria" de la actividad del local el 15 de julio, dándole un plazo al dueño de 48 horas.

Pero en esta ocasión, la responsable de Urbanismo, otra de los funcionarios denunciados acordó quince días más tarde, el 1 de agosto, la suspensión de la paralización de la actividad, porque el responsable del local había recurrido.

Gonzalo Martín llegó a enviar un escrito al juez el 16 de noviembre de 2011 -justo nueve meses después de que se declarara la firmeza de la anulación judicial de la licencia-, en el que advertía que el responsable del restaurante corría el riesgo de perder la comida que tenía almacenada por el cierre.

"Existen alimentos almacenados", decía el escrito, "maquinaria para la conservación de los alimentos, como sistemas de aire acondicionado y renovación de aire" y residuos, "como aceites y desperdicios" que "no pueden quedar en el interior del local por simples razones de seguridad y salubridad". El funcionario pidió que se tuvieran en cuenta todas esas circunstancias para no ocasionar "mayores perjuicios al responsable del local".

La denunciante consideró de "especial gravedad", además del incumplimiento de la sentencia, la decisión de las funcionarias de suspender el cumplimiento de la misma, pese a que los dictámenes judiciales "son incuestionables y de obligado cumplimiento". Añadió que el Ayuntamiento sigue "concediendo licencias de apertura" de restaurantes en edificios que no admiten el uso terciario recreativo, según establece el Pepri de la zona Vegueta-Triana.