La pieza esencial entre los años 60 a los 80 de la pasada centuria fue la Ley del Régimen Económico y Fiscal de 1972. Debo empezar haciendo una referencia al artículo que publiqué en la revista Información Comercial Española del Ministerio de Comercio, en mayo de 1962, que se titulaba Notas sobre el Plan de Desarrollo de Canarias. A principios de 1962 el Gobierno español planteó al Mercado Común Europeo el inicio de conversaciones para la futura incorporación como país miembro. Señalé y destaqué que el Archipiélago siempre había tenido un vínculo especial con España y lo definí como el único territorio nacional que históricamente disfrutaba de una "constitución económica propia", por lo que era esencial preservar esa particularidad en las futuras negociaciones. Me pusieron objeciones a mi artículo por parte de Enrique Fuentes Quintana, en aquel entonces director de la revista. No se modificó mi texto y en ningún momento de mi carrera como funcionario me perjudicó el haber utilizado una expresión no muy agradable al régimen político. El documento, que el grupo de trabajo interministerial para el segundo Plan Canarias elaboró, actualizó, modernizó y completó recogía todas las piezas y los elementos históricos del régimen de libertad comercial y la exclusión de los impuestos estatales de la economía regional. Este texto fue aprobado por todos los componentes del grupo, pero los dos representantes del Ministerio de Hacienda pusieron reservas a la toma en consideración de los impuestos directos vigentes en el país. La razón fue que se incluyó entre las novedades la aplicación en Canarias del régimen vigente en Ceuta y Melilla: la bonificación del 50% de los tipos vigentes en España para las personas físicas y jurídicas domiciliadas en territorio nacional.

Una representación del grupo presentó el documento y los razonamientos al ministro de Hacienda, Fernández Ordóñez. Hubo un pequeño debate sobre esa cuestión, ya que el resto del documento fue aceptado sin ninguna reserva por el ministro. Me tocó actuar como responsable de esa parte del texto y, por honestidad, destaqué el protagonismo en el texto de los impuestos ilegales -en contra de la Ley de Puertos Francos de 1900-, por parte del ilustre tinerfeño y magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Cervia. Confieso que había hecho un estudio y un seguimiento de todas las violaciones de nuestro marco legal pendiente en muchos tribunales. La razón de defender esta novedad en el régimen fiscal isleño la justifiqué en que habían que aprovechar la proliferación de paraísos o territorios fiscales, de baja fiscalidad, que desde la década de los cincuenta y comienzo de los sesenta del siglo pasado habían proliferado en muchos lugares del planeta como instrumento para la atracción de negocios e inversiones en los mismos, y para liberarse las grandes compañías americanas de las medidas intervencionistas que el gobierno había implantado. Aporté mi experiencia y conocimiento de esta estrategia de las grandes compañías comerciales y financieras internacionales que ya controlaban grandes segmentos del mercado mundial, y con algunas de ellas me había relacionado en los servicios del Ministerio de Comercio.

La negociación no dio resultado, pero lo triste de la decisión del ministro era que su razonamiento se basaba en que esa ventaja fiscal podría ser un factor que contribuiría al movimiento independentista que el grupo de Antonio Cubillo podría utilizar desde la Radio de Argel, en donde el gobierno argelino le daba horas de audiencias. Creía que esto era un arma peligrosa y podía considerarse como un éxito para avanzar en ese proceso. Dicho en román paladino: "se acabó el diálogo" ya que la justificación significaba que se desconocía qué es y ha sido Canarias desde el siglo XVI, cuando se incorporó a la Corona de Castilla.

En junio de 1972 el Consejo de Ministro creó la comisión interministerial para la modernización del régimen histórico, con representantes de varias instituciones isleñas para redactar el texto final, que se aprobó en las Cortes el 20 de julio de 1972. Lo único que se consiguió fue que la deducción por las inversiones se aplicase por las empresas con el coeficiente del 80% en vez del 50% que seguía vigente en la Península. Los puntos notables de esta Ley los señalaré, de forma resumida, para su fácil comprensión. Sus notas esenciales eran: exclusión del territorio aduanero peninsular (por lo tanto no aplicación de los derechos arancelarios o gravámenes similares); no aplicación de los impuestos estatales sobre el consumo; no vigencia de los monopolios estatales en la región; existencia de unos gravámenes a la entrada en las Islas de los productos del exterior para atender las necesidades financieras de los entes insulares, establecidos en la histórica Ley de los Cabildos; libre acceso de los productos originarios canarios en el mercado peninsular; y la posibilidad de defender las producciones locales de la competencia exterior. A grandes rasgos estas eran las particularidades que había que reiterar y actualizar por la sencilla razón de que ya estaban en marcha desde el año 1958, tras la firma del Tratado de Roma, la creación del Mercado Común o de la llamada Comunidad Económica Europea.

En 1951 se había firmado el Tratado de París por el que se creaba la Comunidad del Carbón y del Acero. Frente al sistema bipolar que se estaba diseñando después de la Segunda Guerra Mundial entre los Estados Unidos y la Unión Soviética, los líderes políticos europeos no aceptaron el papel de espectadores de lo que se avecinaba y pusieron en marcha la fórmula de lograr la unidad política a nivel europeo. Esto explicaba la urgencia de actualizar nuestra constitución y el texto final se aprobó en menos de dos años, proceso en el que no participé por haber tomado posesión de mi puesto en la Embajada de España en Washington el 1 de julio de 1970. Pronto se comenzó a analizar la fórmula que Canarias debería tomar con la incorporación de España en la Comunidad Europea. En el próximo texto reflexionare sobre esta situación.

En este punto, considero que es el momento de reflexionar sobre la evolución y el comportamiento de los más representativos datos macroeconómicos de nuestra sociedad.

En cuanto a la evolución demográfica, desde el comienzo del siglo (año 1900) los datos oficiales dan las siguientes cifras: la población residente pasa de 358.564 habitantes hasta 1.444.626 millones en 1981. Si a estas incorporamos la registrada por el censo oficial del 2016, que fue de 2.100.299 residentes, vemos que se ha multiplicado por seis la que había al comienzo del siglo pasado. Nos encontramos con un verdadero boom demográfico que no se habrá registrado en ninguna otra región o nación de este Planeta. Desde la década de los setenta nuestro Archipiélago se ha convertido en zona de inmigración. Ello se refleja en los datos del pasado año ( 2.100.299 habitantes) en relación con el lugar de nacimiento de los residentes en las Islas. El 73,9% (1.552.641) nacieron en el Archipiélago; el 8,3 %, unos 175.600 nacieron en la Península, y otros 371.993 (el 17,8%) lo hicieron en el extranjero, de los cuales más de 240.000 son originarios de los países de la Unión Europea.

La evolución de turistas es bastante significativa. En 1965 vinieron 484.499 de los cuales extranjeros eran 416.374, el 86% de los visitantes. En el año 2000 los datos son los siguientes: total de visitantes 11.543.274, de los que el 85% eran extranjeros ( y entre ellos 3,7 millones británicos y 2,9 millones alemanes). Se multiplicó por 20 las llegadas a las Islas. Las cifras de 2015 son un total de 13,8 millones de visitantes de los cuales 11,7 extranjeros, el 84% del total. Existe una especie de overbooking, ya que a pesar de la crisis de 2008 las cifras del turismo internacional, según la Organización Internacional de Turismo, se ha incrementado en este siglo en mas del 30% y solo en Canarias se ha aumentado en un 12%. Ya comentare los efectos de la moratoria turística que el Gobierno regional estableció en el año 2000, que desvió a otros mercados, especialmente a Marruecos y el Sur de España, numerosos proyectos de grupos internacionales turísticos.

En cuanto a la situación del mercado de trabajo, nuestra realidad es grave ya que tradicionalmente la tasa de paro de nuestra región era, tradicionalmente, una de las más altas y superaban el 50% de la media nacional. Esta maldición se ha mantenido y en el pasado año frente al 20% de media del paro nacional en nuestras islas rondábamos el 30%, entre los datos oficiales y los incluidos en epígrafe de la Encuesta de Población Activa (EPA) en que se registran muchas personas mayores de 40 o 50 años que se han retirado del mercado ante la imposibilidad de encontrar un puesto de trabajo y contar como ingreso el sueldo o la paga del cónyuge.