La concejala de Santa Cruz de Tenerife Evelyn Alonso, que fue expulsada de Ciudadanos (Cs) por apoyar la moción de censura con la que José Manuel Bermúdez (CC) desalojó de la Alcaldía a Patricia Hernández (PSOE), no podrá obstentar cargos en entidades públicas o privadas del Ayuntamiento, aunque sí mantiene todos sus derechos como representante local.

Así se establece en el informe del secretario del Pleno derivado de la reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre un caso de transfuguismo en Valencia, y que fue solicitado por el alcalde chicharrero. Nada más conocerse ayer el informe, Alonso renunció a sus cargos en la Sociedad de Desarrollo y en el Parque Marítimo.

En relación a las carteras por delegación del alcalde, es decir, los relacionados con la gestión de las áreas municipaes de Seguridad Ciudadana, Movilidad, Accesibilidad, Promoción Económica, Turismo y Comercio, el secretario del Pleno indica en su informe que procede su “depuración jurídica” y, por tanto, debe iniciarse un trámite, “previa declaración de lesividad por el pleno del Ayuntamiento y su posterior impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa”.

Bermúdez anunció que, “de manera inmediata”, ha dado instrucciones para que se inicien los procedimientos que del informe pudieran derivarse. Asimismo, ya se está trabajando en el posible reparto de las áreas entre otros ediles del gobierno de CC, PP y Alonso.

Desde el Ayuntamiento se explica que aunque no ha habido cambios en la normativa legal aplicable con respecto a los ediles no adscritos, pues la sentencia sólo produce efectos entre las partes afectadas por la misma, el Ssecretario del Pleno motiva su informe en la fijación por el Tribunal Supremo de un nuevo criterio interpretativo de un apartado de la ley de Bases de Régimen Local, que hace referencia a ediles no adscritos.

Eso sí, el informe le reconoce a Alonso sus derechos inherentes a su condición de representante local, que se concretan “en la participación en plenos con voz y voto, ejercer funciones de control, presentar preguntas, mociones y enmiendas, siendo éstos, que le corresponden individualmente, nunca superiores a los que le hubiese correspondido de permanecer en el grupo de procedencia”.