El Tribunal Supremo ha ordenado la reapertura de la investigación judicial del accidente de un helicóptero militar ocurrido en aguas cercanas a Canarias el 19 de marzo de 2014 en el que fallecieron cuatro personas, con el objetivo de que se practique una prueba pedida por la acusación particular y que fue denegada en la instrucción, según una sentencia que se ha dado a conocer este viernes.

La Sala V de lo Militar del Alto Tribunal ha exigido que se practique un examen por parte de técnicos del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA) de los restos del aparato con el objetivo de estudiar posibles causas de las roturas de los elementos de la aeronave y su influencia o no en el siniestro.

La causa fue archivada por el Tribunal Militar Territorial Quinto en enero de 2020 a propuesta del Juzgado Togado Militar Territorial número 52, que instruyó la misma por la presunta comisión de delito contra la eficacia del servicio, y que concluyó que los hechos no eran constitutivos de delito, detalla un comunicado del órgano judicial.

Ambas instancias se basaron fundamentalmente en el informe técnico realizado por la Comisión para la Investigación Técnica de los Accidentes Aéreos Militares -CITAAM- sobre el accidente que concedió especial relevancia en lo acaecido al factor humano.

De esta forma, el Supremo estima el recurso presentado por una de las acusaciones particulares y ordena al Tribunal Militar Territorial Quinto que disponga la devolución de las actuaciones al organismo judicial inicial para que continúe con la instrucción del sumario y proceda a la diligencia de prueba citada, cuya práctica se considera "pertinente, útil y procedente".

Una vez que se practique esa prueba, el Juzgado deberá decidir si procede instar o no de nuevo el sobreseimiento, recalca el comunicado.

La causa del siniestro fue archivada por el tribunal militar en enero de 2020

La prueba que había sido denegada y que el Supremo entiende que debe practicarse por su utilidad y pertinencia consiste en el requerimiento al INTA para que por sus servicios técnicos “se proceda al análisis, examen, y cuantas pruebas considere necesarias sobre los restos del helicóptero Súper Puma HD21-10 del Ejército del Aire, siniestrado el día 19 de marzo de 2014, los cuales se encuentran depositados a disposición judicial en las instalaciones de la Maestranza del Aeródromo de Cuatro Vientos (Madrid), con el fin de determinar las posibles causas de las roturas de los elementos de la aeronave y su posible influencia o no en el siniestro acaecido y cuantas consideraciones estimen pertinentes”,

Para el alto tribunal, dicha prueba “está destinada a arrojar luz -más, si cabe, dada la completa actividad instructora- sobre hechos que deben ser, dados los desgraciados resultados que arrojó el accidente, esclarecidos de manera que quede agotado, en la medida que la técnica lo permita, el conocimiento de las causas que originaron dicho accidente, esclareciendo suficientemente tales causas más allá de las hipótesis, a fin de despejar, en lo posible, cualquier resquicio de duda acerca de lo ocurrido”.

La acusación particular fue la responsable de solicitar el nuevo examen técnico

Añade el TS que “la prudencia y reflexión que exige el dictado -y, en este caso, la confirmación- del sobreseimiento definitivo o libre, dados los efectos de cosa juzgada que conlleva, impidiendo la subsiguiente iniciación de un proceso con idéntico objeto, obliga a extremar las cautelas en orden a descartar cualquier duda, por hipotética que pudiera resultar, acerca de los factores causales que dieron origen al accidente eventualmente distintos al factor humano, fundamentando así debidamente el juicio de certeza consecuente a la apreciación inequívoca de no ser los hechos constitutivos de delito”.