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Cascada de indemnizaciones por la moratoria turística de 2009

El Gobierno debe pagar a 26 propietarios afectados y calcula entre tres y cinco millones | El Ejecutivo cumple la sentencia de Pasito Blanco, iniciada 1986, con el pago a Lopesan de 45 millones

Ángel Víctor Torres presidiendo el Consejo de Gobierno, al lado de Román Rodríguez. Elvira Urquijo A. /Efe

El Gobierno de Canarias afronta una cascada de indemnizaciones en cumplimiento de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictadas en relación a las restricciones de la moratoria turística del año 2009. Por ahora son 26 parcelas ubicadas en los términos municipales de Pájara (Fuerteventura), San Bartolomé de Tirajana y Mogán (Gran Canaria) y Yaiza (Lanzarote), pero quedan aun pendientes diez más, explicó hoy jueves tras el Consejo de Gobierno el consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, José Antonio Valbuena.

Los propietarios de estas parcelas reclaman al Ejecutivo una indemnización de 650 millones de euros pero el Gobierno estima que la cifra a pagar ronda entre tres y cinco millones. La abultada diferencia en el cálculo se debe a que los propietarios bareman el coste del rendimiento económico que han dejado de percibir por no poder construir una explotación turística, que suele tener una estimación de un rendimiento durante 50 años, además del valor de la propiedad.

No obstante, el Gobierno se ciñe a que la Ley de Medidas Urgentes de Ordenación Territorial y del Turismo, también conocida como segunda moratoria, establecía que durante cinco años, es decir desde 2009 a 2014, "no podrían construir pero siguen manteniendo la propiedad del suelo", expone Valbuena. Por tanto, la Consejería solo aprecia el rendimiento de los cinco años de duración de la moratoria, "porque los propietarios se siguen quedando con el suelo y a partir de 2014 podían construir y explotar", recalca. Ahora se abre un proceso de negociación entre las partes sobre las indemnizaciones.

El portavoz del Gobierno, Julio Pérez, recordó que la primera moratoria turística del 2000 no dio lugar a indemnización alguna, ya que las quejas fueron rechazadas por los tribunales, y esta es la primera ocasión en que los tribunales, tras un largo proceso, fallan a favor de los propietarios. También indica que el Ejecutivo podrá expropiar a los propietarios de las parcelas en caso de interés general.

De esta manera, el Gobierno ejecuta los requerimientos cursados por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias para dar cumplimiento al fallo de las diferentes sentencias dictadas en esos procedimientos, desde que fueran declaradas firmes en el año 2016.

En los decretos indemnizatorios aprobados hoy jueves se establece además el deber de las administraciones locales de proceder a la modificación del planeamiento general o parcial en el que se ubican las parcelas afectadas para su reclasificación a suelo rústico común.

En este sentido, se fija un plazo de seis meses para que las corporaciones municipales adopten la modificación de la clasificación de la parcela mediante cambios puntuales del instrumento de ordenación. Según el consejero José Antonio Valbuena, en este caso lo que hace la Consejería es cumplir lo que dicta la sentencia e inicia el trámite para recalificar esos suelos como rústicos, pero considera que al ser una moratoria de 2009 al 2014 la situación ha cambiado y quizás no prosperen las recalificaciones.

No obstante, va a iniciar el trámite, porque así lo dictan las sentencias, en el que se advierte a los ayuntamientos de que, transcurrido el plazo así fijado sin que se hubieran concluido los correspondientes procedimientos, la Consejería con competencias en materia de ordenación urbanística y territorial procedería a la eventual modificación. En cualquier caso, insiste Valbuena en que es muy probable que en durante la tramitación decaiga la recalificaclón del suelo.

Lopesan

Por otro lado, y cumpliendo con un proceso judicial de hace más de 30 años, el Consejo de Gobierno autorizó una modificación de crédito extraordinaria para cumplir con la sentencia del expediente conocido como Pasito Blanco (Maspalomas) por el que abonará al grupo Lopesan, con remanentes del presupuesto del año pasado, 45 millones de euros, 15 por el suelo y 30 millones de intereses.

Con ello se cierra un expediente que se remonta al 22 de julio de 1986, cuando se suscribió un convenio urbanístico por el que la empresa cedía a la Administración autonómica 160.000 metros cuadrados en el citado emplazamiento, para permutarlos por otra parcela que garantizó a la Administración autonómica la demolición del hotel Dunas, así como la recuperación del ecosistema de las Dunas de Maspalomas el 5 de junio de 1989.

El.Tribunal Supremo dio la razón grupo Lopesan por el incumplimiento del convenio por parte del Gobierno canario tras la cesión de esa parcela de 160.000 metros cuadrados, y declaró en marzo de 2014 que la certificación del silencio negativo, que se produjo sobre este convenio en 2007, era contraria a derecho, ya que denegaba la indemnización reclamada por la empresa, a la que daba la razón. Por ese motivo, se obligó al Gobierno canario a pagar el 60% del valor urbanístico de los 160.000 m2 cedidos a la Administración Autonómica más el interés legal del dinero desde la elevación a público de la escritura de cesión.

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