Narvay Quintero defiende las medidas impuestas a la importación de papas porque "son mejores a que entre la plaga"

Las papas británicas deben someterse a un procedimiento de limpieza, mediante cepillado y/o lavado, que permita la eliminación total de restos de tierra y de organismo nocivos

Recogida de papas en una finca de las medianías de  Gran ¡Canaria

Recogida de papas en una finca de las medianías de Gran ¡Canaria / Quique Curbelo

El consejero canario de Agricultura, Narvay Quintero, ha recalcado este lunes que las medidas complementarias, y temporales, impuestas por el Gobierno español a la importación de papas del Reino Unido son mejores al impacto que podría tener en las islas la entrada del escarabajo colorado.

Así lo ha manifestado Quintero en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno al ser preguntado por los efectos que pueden tener sobre los precios las medidas de aplicación adicionales en relación al envasado y etiquetado del producto, impuestas "para reforzar y ofrecer mayores garantías fitosanitarias" hasta que se normalice la situación.

Narvay Quintero ha subrayado que se trata de medidas temporales, que se aplicarán "hasta que Reino Unido esté libre de la expansión de la plaga detectada en el condado de Kent, que ya está acotada".

"Son medidas garantistas, pero hay que hacerlas. Pueden traer complicaciones, pero sería mucho peor la entrada del escarabajo colorado en Canarias", ha referido al tiempo que ha asegurado que estas determinaciones han sido consensuadas con los productores y el Gobierno español.

El consejero ha subrayado que "lo primero que hay que garantizar es que no entre la plaga y, cuando ya se haya acabado con el riesgo, entendemos que el Gobierno de España volverá a pedir los requisitos que pedía antes - de esta crisis- a la entrada de papa en el país", ha referido.

Hasta que eso suceda, las papas británicas deben someterse a un procedimiento de limpieza, mediante cepillado y/o lavado, que permita la eliminación total de restos de tierra y de organismo nocivos, y concreta que el porcentaje aceptable de tierra presente será del 0,5 %.

En el etiquetado deberá constar, además de los datos propios de la papa (especie, código del agricultor, variedad, calibre, y fecha de envasado), la trazabilidad que permita identificar al productor y el área de producción a nivel de parcela.

Las papas de siembra deberán se ensacadas en sacos nuevos, con una capacidad máxima de 25 kilos, precintadas y etiquetadas en instalaciones habilitadas para ello, que garanticen la sanidad y trazabilidad de estas y bajo control oficial de las autoridades fitosanitarias correspondientes de las áreas de producción.

Las de consumo podrán presentarse en contenedores de 1,5 toneladas como máximo, que deberán ser precintados y etiquetados en instalaciones habilitadas para ello, que aseguren su sanidad y trazabilidad, e igualmente, estén controladas por las autoridades fitosanitarias de las zonas productoras.