Puerto del Rosario | Recuperación del dominio marítimo-terrestre

Un juez avala el derribo de las casas del poblado de la playa de Los Molinos

Los afectados habían recurrido la orden de ejecución de las demoliciones de sus viviendas

El abogado de los vecinos prepara un recurso ante el Supremo

Imagen del poblado de Los Molinos, en la costa oeste del municipio de Puerto del Rosario. | | LP/DLP

Imagen del poblado de Los Molinos, en la costa oeste del municipio de Puerto del Rosario. | | LP/DLP / LA PROVINCIA / DLP

Un juez ha inadmitido el recurso presentado por los vecinos del poblado de Los Molinos, en la costa oeste de Puerto del Rosario, que habían recurrido la orden de la Dirección General de Costas de ejecutar el derribo de una quincena de casas. Esta decisión judicial será recurrida por los residentes afectados ante el Tribunal Supremo. La noticia fue adelantada ayer por la cadena SER Las Palmas.

La Demarcación de Costas del Estado ordenó el pasado mes de agosto la ejecución del derribo de una quincena de viviendas afectadas por la Ley de Costas con el objetivo de recuperar el dominio público marítimo-terrestre.

Los afectados recurrieron la citada resolución y solicitaron al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) la adopción de medidas cautelares para paralizar la demolición. El Alto Tribunal canario solo accedió a frenar el derribo de una de las casas afectadas.

Un juez considera ahora la inadmisión de la demanda vecinal, considerando que la sentencia del año 2011 es firme. «El TSJC ha hecho caso a lo que dice el abogado de la Administración, planteando que la sentencia de 2011 es firme», dijo José Luis Langa, abogado de la plataforma de afectados por la Ley de Costas en los micrófonos de Hoy por Hoy Las Palmas.

Langa considera que a pesar que las competencias en materia de costas están transferidas a Canarias, «lo cierto es que no se ha llevado a cabo una transferencia integral, sino parcial, y hay miles de expedientes secuestrados por el Estado. Todavía queda recorrido. Vamos a recurrir al Supremo».