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Agüimes.

Condenado a más de tres años de prisión por abusos sexuales a una sobrina menor en Arinaga

Los tocamientos continuados ocurrieron en 2014 en la casa familiar del Cruce de Arinaga

Imagen del Cruce de Arinaga, la localidad donde se produjeron hechos . | | LP/DLP

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un vecino del Cruce de Arinaga a tres años y tres meses de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 13 años, sobrina suya, con la prohibición de acercarse a la víctima durante 11 años y tres meses. Eso incluye mantener una distancia mínima de 500 metros de su domicilio, lugar de estudio o cualquier lugar frecuentado por ella, así como la prohibición de intentar comunicarse con la chica durante ese tiempo por cualquier medio.

La sentencia, dada a conocer ayer martes por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, también condena al autor de los abusos sexuales a indemnizar a su sobrina con la suma de 15.000 euros, por los daños morales causados. Además, se le impone la medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años una vez que cumpla la pena de cárcel.

Los hechos, relata la sentencia, ocurrieron en el año 2014 en el domicilio del condenado, en un inmueble de dos plantas de la localidad del Cruce de Arinaga. El hombre, casado y con dos hijos, cometió los abusos continuados cuando su sobrina, entonces de 11 años, empezó a acudir a la vivienda para quedarse con sus familiares.

«La entonces menor solía pernoctar con relativa frecuencia en la casa de sus tíos, con quienes mantenía una relación familiar fluida y estrecha, al igual que con sus primos, quienes por aquel entonces contaban con seis años de edad, el niño, y con uno, la niña», señala la sentencia en los hechos probados. Cuando la menor se quedaba en esa vivienda compartía, en la planta superior, un dormitorio con su primo de seis años. «Una vez que los menores estaban acostados», continúa la sentencia, «el acusado esperaba a que estuviesen dormidos y aprovechaba el horario nocturno para pasar, de manera clandestina, por esa habitación, ubicarse al lado de su sobrina política y proceder, con evidente intención de atentar contra su indemnidad sexual, a sobar y acariciar sus pechos ya tocarle también su parte más íntima, introduciendo su mano por dentro del pantalón del pijama, al tiempo que a veces ejecutaba actos propios de la masturbación masculina y acercaba el pene a la boca de la menor, si llegar a introducirlo».

Secuelas

Estos encuentros fueron periódicos y los abusos sexuales se repitieron en varias ocasiones, más de dos, durante el periodo temporal que va de enero a agosto de 2014. A tal fin, el ahora condenado a prisión, se prevalió de la buena relación familiar existente e hizo uso de su rol de tío para acercarse a la menor y ganar su confianza y silencio.

Como consecuencia de esos abusos, la víctima «presenta un problema emocional y conductual caracterizado por sentimientos de vergüenza y de culpabilidad, cuya huella psicológica, dado el contenido sexual, resulta incuestionable». En tal secuela, detalla la sentencia, «también ha influido notablemente la ruptura del lazo afectivo que mantenía con sus primos, al no existir desde entonces relación ni comunicación entre ellos».

Contra esta sentencia cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Las costas procesales, incluidas las de la acusación particular ejercida por la madre de la menor, se impone al condenado.

El fallo judicial acepta en parte las peticiones del Ministerio Fiscal, que solicitaba una pena de seis años, y de la acusación particular, que elevaba la indemnización a 20.000 euros. La defensa del procesado solicitaba la libre absolución y, de forma subsidiaria, en el caso de sentencia condenatoria, la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento judicial, que sí fue atendida l prolongarse durante casi siete años.

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