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"Buscar la verdad se le puso en contra"

Con sorpresa ha caído en el ámbito judicial la noticia sobre el según califican las fuentes consultadas "inusual" proceso que ha propiciado la sentencia dictada por la sección tercera de la Audiencia Provincial y que obliga a una mujer de 52 años, Erlinda Cifre Pérez, mallorquina pero residente en Las Palmas de Gran Canaria, a renunciar al apellido paterno tras resolverse en su contra una demanda interpuesta por quien ha sido su padre legal para impugnar la filiación paterna matrimonial, basándose ese requerimiento en los resultados de una prueba de ADN solicitada por ella para confirmar si, como le llevan diciendo durante toda su vida, su progenitor no es realmente la persona que durante más de medio siglo ha figurado legalmente como tal.

¿Son habituales estas demandas? Los jueces y abogados consultados, que prefieren mantenerse en el anonimato, explican que "en la mayoría de estos casos lo habitual es que se trate de dirimir la paternidad por parte de las madres o de los hijos, que buscan reconocimiento de sus derechos. Incluso", indica una de las letradas, "hay padres que se agarran a una prueba de ADN para asegurarse de que ellos son los padres biológicos de los hijos fruto de su relación con la madre". Una abogada especializada en asuntos de familia, sin embargo, admite que en sus más de 40 años de profesión "no había encontrado ningún caso de padres que quieran retirar, 52 años después, los apellidos de quien han criado como hija suya".

¿Qué particularidad tiene este fallo de la Audiencia Provincial de Las Palmas? Los consultados coinciden en la conclusiva prueba de ADN, solicitada por la demandada, que los especialistas definen como "palabra de dios". Consideran que "ante una prueba tan rotunda" cualquier otra consideración queda en segundo plano de cara a un tribunal. "En este caso de Erlinda su búsqueda de la verdad se le puso en contra", dicen sobre el peso de la prueba de ADN ante estos asuntos.

¿Es normal que la demandada acabe condenada a cubrir las costas del proceso? Aquí difieren los consultados: unos dicen que cuando se trata de un recurso, como es el caso de Erlinda, que recurrió la primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia, "no se condena a cubrir las costas". Otra cosa es cuando se recurre, como ha sucedido en la Audiencia Provincial de Las Palmas, "que el perjudicado debe hacerse cargo de los gastos, aunque por lo general", explica otro de los consultados, "se les suele eximir de esa carga", un montante económico que puede rondar entre los 2.000 y los 4.000 euros.

¿Una resolución demasiado rápida? Conociendo la lentitud de la Justicia, hay quien se ha mostrado sorprendido porque el caso de Erlinda Cifre se haya resuelto en pocos meses. "La sección tercera de la Audiencia Provincial sólo tiene actualmente vinculación con el derecho de la Familia, quedando descargada de otros asuntos. Eso ayuda a aligerar los casos pero sigue siendo sorprendente la premura".

¿Es recomendable recurrir? Los consultados insisten en que la prueba de ADN echa por los suelos cualquier otra táctica de defensa, "salvo que la madre de la demandada declare, que no lo ha hecho, y admita que su exmarido sí sabía la verdad sobre el origen de su hija".

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