Denuncias, planes de ordenación, condena de prisión, indulto, derribo y, como punto de partida de todo, una pajarera. El periplo judicial surgido a raíz de unas obras en la finca La Milagrosa del empresario Miguel Ángel Ramírez, en la zona de Pino Santo ubicada en Las Palmas de Gran Canaria, llega a su fin 16 años después. El presidente de la Unión Deportiva Las Palmas recibió esta semana la calificación territorial que solicitaba para sus terrenos y que le permite construir un alpendre, una pajarera, varios muros de contención y parterres, un camino y su correspondiente cerramiento en la propiedad. Justo las mismas actuaciones que llevó a cabo en 2004 y que tuvo que demoler tiempo después por el embrollo judicial en el que se vio envuelto. El Cabildo de Gran Canaria que había denegado la licencia a Ramírez, le concede ahora la autorización como ejecución de una sentencia dictada en 2017 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Las Palmas.

El recorrido judicial había comenzado mucho antes. El Juzgado de lo Penal número 5 de la capital grancanaria condenó al empresario en mayo de 2010 a tres años y un día de prisión y a una multa de 43.200 euros por un supuesto delito contra la ordenación del territorio por llevar a cabo varias obras sin la autorización pertinente en su finca de 31.243 metros cuadrados. El Seprona y el Cabildo habían interpuesto cuatro denuncias contra Ramírez, quien sostuvo durante el juicio que pensaba que solo era necesaria la licencia del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria porque se trataban de obras de reformas y no edificaciones nuevas. El fallo judicial consideró probado, sin embargo, que el empresario sabía que también era necesario contar con la calificación territorial del Cabildo porque la finca se ubica en un paraje natural.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ratificó en septiembre de 2011 dicha sentencia e incluso admitió el recurso de la Fiscalía y ordenó a Ramírez a demoler las construcciones realizadas sin licencia, pero en julio de 2013 la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) da un giro a la causa al avalar las obras por las que había sido condenado el presidente de la Unión Deportiva Las Palmas. ¿Qué sucedió entonces? El Alto Tribunal canario anuló la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 que denegaba la calificación territorial a las obras ejecutadas por Ramírez en su chalé de La Milagrosa. Los jueces Javier Varona Gómez-Acedo y César García Otero, con el voto en contra de la magistrada Cristina Páez, concluyeron que el Cabildo de Gran Canaria había denegado el permiso para las obras en base a una normativa urbanística que no era aplicable: el Plan Especial del Paisaje Protegido de Pino Santo.

El empresario había solicitado ante el Ayuntamiento de la capital grancanaria la calificación territorial de su finca en julio de 2006 y la norma antes citada entró en vigor el 28 de septiembre de 2006, unos meses después de que el empresario hubiese iniciado la tramitación del expediente. Para los magistrados el Plan Especial de Pino Santo no era el instrumento de planeamiento pertinente a aplicar, sino los planes de Ordenación de Gran Canaria y de Ordenación del municipio.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dejó abierta la puerta para que Ramírez solicitara la calificación territorial pertinente para regularizar las reformas, si bien por la vía penal aún se mantenía la sentencia que le condenaba a tres años y un día de prisión y a la demolición de las obras. Sin embargo, unos meses después del fallo del TSJC llegó el indulto. El Consejo de Ministros del Gobierno de Mariano Rajoy (PP) acordó en noviembre de 2017 un perdón parcial para el empresario canario. Ramírez eludiría la cárcel al rebajar el Ejecutivo central la pena de prisión de tres años y un día a una de dos años siempre que procediera a la demolición de las actuaciones llevadas a cabo en su finca y al pago de la multa de 43.200 euros. ¿Por qué? Al tratarse de una condena que no superaba los dos años de prisión cabía la suspensión de su ejecución.

Pero con la gracia concedida no había terminado todo. El presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, con el fallo del TSJC que anuló el fallo que rechazaba la calificación territorial que solicitó al Cabildo para realizar las obras, no solo solicitó al Consistorio capitalino y a la Corporación insular la legalización de las actuaciones, sino que también presentó pocos meses después un recurso de revisión de sentencia ante el Tribunal Supremo con el objetivo de que se le anulase la condena y evitar el derribo de las obras. No fue así. La Sala de lo Penal del Alto Tribunal rechazó en marzo de 2014 la reclamación de Ramírez, por lo que debía cumplir la condiciones del indulto concedido por el Gobierno: demoler las obras para obtener una rebaja de la pena con la que esquivar la cárcel. Ramírez cumplió el requisito y el Juzgado le suspendió la ejecución de la pena el 5 de noviembre de 2014.

Anulación del indulto

Sin embargo, el periplo judicial de este asunto tampoco llegaría a su fin en este punto. En junio de 2015 el propio Tribunal Supremo, a petición de Ecologistas en Acción, anuló la gracia concedida por el Consejo de Ministros por un defecto de forma. El Alto Tribunal dictaminó que debió ser la Audiencia Provincial quien informara al Gobierno sobre la conveniencia de otorgar el perdón y no el Juzgado de Primera Instancia, pues la Audiencia no solo confirmó la condena dictada por el Juzgado de lo Penal, sino que añadió la orden de demolición. La controversia estaba servida. El Consejo de Ministros debía subsanar el error de tramitación y pronunciarse de nuevo sobre el indulto parcial para el presidente de la UD.

El Gobierno tendría un año para decidir de nuevo sobre este asunto, un tiempo que en su mayoría coincidió con el Ejecutivo en funciones, pues tras las elecciones de diciembre de 2015 no se formó gobierno y se tuvieron que repetir los comicios. El plazo dado al Consejo de Ministros expiraba el 5 de octubre de 2016, fecha en la que Ramírez tendría que ingresar en prisión si no obtenía de nuevo indulto. No hizo falta esperar a esa fecha. A mitad de septiembre la Audiencia Provincial de Las Palmas dejó sin efecto tal límite al admitir de forma parcial un recurso de su defensa y ampliarlo hasta que el Consejo de Ministros resolviese la medida de gracia o hasta que se aproximara la prescripción de la pena para ordenar el ingreso en prisión del empresario.

Nuevo giro

El recorrido judicial de las obras y la obtención de los permisos pertinentes aún continuaba. Pese a que en 2013 el TSJC había considerado que el plan aplicado por el Cabildo para denegar a Ramírez la obtención de las licencias de obras era erróneo, la Corporación insular mantenía su negativa a conceder el permiso. Esta decisión fue recurrida por Ramírez, a quien una sentencia de marzo de 2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria da la razón al declarar "la nulidad de la resolución y el derecho a obtener la calificación territorial sobre las obras planteadas". Esta sentencia -que fue recurrida por el Cabildo- no invalidaba, en cualquier caso, la vía penal, que aún estaba pendiente de que el Gobierno nacional ratificara o no el indulto parcial que le fue concedido y después anulado.

Casi un año después, en febrero de 2018, la Audiencia Provincial se pronunció a favor del empresario al declarar prescrita la condena por la obra que llevó a cabo en su finca de La Milagrosa. La Audiencia estimó entonces que el plazo de ejecución de la misma había expirado ya el 21 de febrero de 2017. Pero aún habría más. En mayo del año pasado, como respuesta al recurso presentado por el Cabildo a la sentencia que defendía el derecho de Ramírez a obtener la licencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias volvió a inclinarse a favor de Ramírez al avalar el fallo judicial de 2017. El Alto Tribunal canario volvía a estimar legalizable, de este modo, la pajarera, el alpendre, paterres, muros de contención, camino y cerramiento en litigio.

Dieciséis años después, Ramírez obtiene del Cabildo la licencia para unas obras que ya construyó y demolió, que le valieron un indulto y la nulidad del mismo, y que estuvieron a punto de concluir con su ingreso en prisión.