Un motorista circula más de 3 kilómetros de forma kamikaze en la Avenida Marítima
El conductor cuadriplicaba la tasa máxima de alcohol permitida y había iniciado una fuga de la Policía Local
Noche movidita para los agentes de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria. Efectivos de la Unidad Nocturna Especial (UNE) de la institución local dieron el alto a un motorista que circulaba por las calles de la capital grancanaria en la madrugada de este domingo, 14 de enero.
El conductor hizo caso omiso al alto realizado por los agentes policiales y en su huída circuló más de 3 kilómetros en sentido contrario por la Avenida Marítima.
Los efectivos de la Policía Local lograron interceptarlo y le realizaron la pertinente prueba de alcoholemia, la cual cuadriplicaba la tasa máxima de alcohol permitida.
No fue la única actuación policial. Antes de este hecho, un coche chocó contra la barrera del túnel Julio Luengo y tras ausentarse del lugar, acabó quintuplicando la tasa de alcohol tras pasar por el alcoholímetro.
¿A qué se enfrenta?
Conducir bajo los efectos del alcohol es una infracción grave. La tasa máxima de alcohol permitida en sangre para conductores profesionales y conductores noveles (con menos de 2 años de experiencia de carné) es de 0,15 gramos por decilitro (g/dL). Para el resto de los conductores, la tasa máxima permitida es de 0,25 g/dL. Además de las multas y sanciones que circular ebrio, el motorista se enfrenta a los delitos de hacer caso omiso a las órdenes de las autoridades y de circular en sentido contrario.
El incumplimiento de una señal ordenada por un agente está sancionado con una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del permiso de conducir, puesto que se trata de una infracción grave.
La multa económica que te puedan poner variará en función de si la falta es más o menos grave. Además, hay algunas localidades que tienen sus propias normas de tráfico, que pueden hacer cambiar la cuantía. No obstante, normalmente suelen ser sanciones de entre 200 y 500 euros por circular un tramo en sentido contrario, según indica la normativa recogida por la Dirección General de Tráfico (DGT).
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