La patronal portuaria más antigua de Canarias se vuelve a quedar sin influencia en el Puerto de Las Palmas

Asocelpa carece de derecho a entrar por la Confederación de Empresarios de Las Palmas en el consejo de administración de La Luz

El TSJC debe resolver aún otro recurso sobre los nombramientos de los consejeros

Los asociados de Asocelpa, en una de sus últimas reuniones.

Los asociados de Asocelpa, en una de sus últimas reuniones. / LP / DLP

La Asociación de Consignatarios y Estibadores de Buques (Asocelpa) se vuelve a quedar fuera del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. Al menos por el momento. La lucha por el poder institucional sigue abierta. 

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado un recurso de Asocelpa contra los nombramientos del anterior consejo efectuados por el Gobierno de Canarias.

La patronal portuaria más antigua del archipiélago pedía la nulidad del acuerdo por el que Pedro Ortega sustituyó en julio de 2022 a Agustín Manrique de Lara como vocal en representación de la Confederación de Empresarios de Las Palmas, pero la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en Las Palmas rechaza que la organización tenga legitimidad para impugnar dicho nombramiento. 

Falta de legitimidad

La magistrada ponente, Inmaculada Falcón, aclara que Ortega entra en el consejo de administración como representante de «las organizaciones empresariales relevantes en el ámbito portuario», y Asocelpa no puede aspirar a ese nombramiento por la configuración de sus propios estatutos.

La patronal tiene por objeto la «representación, gestión, defensa y fomento de los intereses profesionales comunes» a las empresas asociadas que se dedican a la «consignación, estiba y desestiba de buques». Es una asociación, por tanto, que «representa a un sector económico relevante en el Puerto», como son las consignatarias y la estiba, pero no a todo el conjunto de la organización empresarial, razonan los jueces.

La sentencia concluye que Asocelpa «no podría obtener algún beneficio» de la anulación del nombramiento a favor de la Confederación de Empresarios, pues «no puede postularse ni presentarse por la vocalía de las organizaciones empresariales, sino de la de sectores económicos relevantes», añade el fallo. De ahí que carezca de interés legítimo para recurrir esa resolución.

Duplicidad de nombramientos

El argumento general de Asocelpa es que existe una «duplicidad de nombramientos» por dos motivos: la Federación de Empresas Portuarias (Fedeport) forma parte de la Confederación y, además, la federación ya tiene un vocal en el consejo de administración que representa a los sectores económicos relevantes.

La patronal interpuso otro recurso contra ambos nombramientos realizados en 2021 a favor de Fedeport y de la Confederación de Empresarios de Las Palmas. Esa demanda inicial aún está pendiente de resolverse, pues el fallo dictado ahora solo afecta al cambio de Manrique por Ortega, según explica el TSJC en su propia sentencia.