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Reflexión

Recolonización energética

Capitaneadas por un Alonso Fernández de Lugo cualquiera, las huestes multinacionales de la recolonización energética planean desembarcar por la Playa del Juncal y adentrarse por el barranco del mismo nombre, con el objetivo de establecer un ingenio fotovoltaico en el Noroeste de Gran Canaria en la zona de El Cardonal, a los pies del Monumento Natural del Roque Amagro. Continuarán, si nada lo impide, avanzando hasta el territorio aledaño al Bien de interés cultural del Maipés de Agaete.

Cuentan con información detallada sobre tres aspectos esenciales:

1) Los espías les han asegurado que los aborígenes no están equipados con Planes Territoriales Especiales de infraestructura, producción, transporte o almacenamiento de energía eólica y fotovoltaica que les supusiese un obstáculo o sujeción a límite alguno. (La Ley 4/2017 del Suelo y Espacios Naturales protegidos de Canarias establece en el artículo 96 como contenido del Plan Insular de Ordenación la «ordenación de los aprovechamientos de recursos naturales de carácter energéticos renovables». En el artículo 120 se prevén los Planes Territoriales especiales, el de infraestructura energética hasta la fecha no se ha aprobado).

2) Que en los Fueros Insulares, por sentencia de un tribunal de la corona, la planificación energética tiene mero carácter indicativo. ( El Tribunal Supremo vino a decir el 7 de octubre de 2014 que el Decreto autonómico 141/2009 era nulo en su artículo 8.1, el cual requería que la propuesta de instalación eléctrica fuese compatible con la planificación energética autonómica. El fundamento del tribunal fue que el Estado español había decidido la liberalización del sector eléctrico sin diferenciar a los sistemas insulares; y que en el marco de esa política liberalizadora, la planificación energética sólo tenía carácter obligatorio en materia de transporte).

3) Que el suelo es rústico, con lo cual podrán adueñárselo a precio de abalorios que, para hacer más creíble y sostenible el engaño, han teñido de color verde renovable. A cambio de un puñadito para el suelo y otro para el canon, colonizarán el suelo y explotarán gratuitamente sus recursos naturales. ( Ley del Suelo estatal 7/2015, regula en el art. 36 «la valoración del suelo rústico se realizará sin considerar las expectativas derivadas de la asignación de edificabilidad y usos por la ordenación territorial y urbanística que no haya sido aún plenamente realizada». Cabría preguntarse si esta previsión legal no ha sido superada por la realidad, y si en base a ella no se está justificando el expolio del suelo en este tipo de usos energéticos).

¿Es posible el contraataque? La estrategia puede venir de una Bula Comunitaria (La Directiva 2018/2001 sobre fomento de energía de fuentes renovables que reconoce la participación de la población local; en base a ella otras Comunidades Autónomas han priorizado la planificación; han fijado distancias de seguridad de los núcleos de población; han determinado incompatibles con la ubicación los espacios incluidos en la Red Natura 2000; han promovido el fomento de la producción distribuida y el autoconsumo frente a los grandes proyectos y han abierto la participación en los proyectos de energía renovable a los propietarios del suelo y Ayuntamientos, fijando porcentajes de participación).

Sería imperdonable que la historia se repitiera otra vez en estas islas; y que encima de los canteros y las cantoneras del penúltimo monocultivo del tomate se implanten paneles de fotovoltaica y aerogeneradores para lucro de multinacionales , con la complicidad, por acción u omisión, de los poderes autóctonos.

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