Canarias es la segunda comunidad autónoma, por detrás de Baleares, con el mayor porcentaje de delincuentes sexuales en relación a su población de todo el Estado. Hasta el 1 de marzo de este año, han sido condenadas en las Islas 2.195 personas por delitos de abusos, acoso, agresión, maltrato, exhibicionismo y corrupción de menores. También se incluyen sentencias por la trata de personas, prostitución y delitos de pornografía, según los datos facilitados a la opinión de tenerife por el Ministerio de Justicia.

Sus datos identificativos se recogen en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, puesto en marcha por el Estado este mes. El objetivo principal del fichero es evitar que los condenados desarrollen cualquier tipo de trabajo o tareas de voluntariado en ONG en los que estén en contacto con menores. A partir de ahora, quienes pretendan realizar estas actividades deberán presentar un certificado que acredite que no están incluidos en el registro.

La comunidad que más casos tiene en relación a su población es el archipiélago balear, con 1.319 condenados. Allí hay 1,19 delicuentes sexuales por cada 1.000 habitantes. Le siguen Canarias, con 1,05 y Murcia, con 1,02, mientras que la media nacional se sitúa en 0,87 casos. En el otro extremo figuran Madrid, con una incidencia de 0,64 casos por cada 1.000 habitantes, Galicia y Castilla-La Mancha, ambas con 0,73. En términos absolutos las regiones donde se han juzgado más delitos de este tipo son Andalucía, con 7.600 condenados; Cataluña, con 6.164, y la Comunidad Valenciana, con 5.053. Las que menos casos tienen son La Rioja (303), Cantabria (522) y Navarra (549).

En los ficheros figuran solo los condenados, tanto mayores como menores de edad, con sentencia firme en territorio nacional u otro país pero que mantienen la residencia en España. Además de la identidad y las penas y medidas de seguridad impuestas a estas personas también aparece su perfil genético (ADN) cuando la resolución judicial lo establece. Aunque no revela ningún dato de las víctimas de sus delitos si se especifica si son menores.

La información no es pública. Solo puede ser consultada por fiscales, jueces y tribunales de cualquier jurisdicción, policía judicial y organismos públicos que hagan procesos de selección de personal. La gestión de la base de datos corresponde al Ministerio y quedará constancia de quien acceda y del contenido que consulte.

En diciembre de 2015, cuando el Gobierno central dio luz verde a la creación del registro, los ficheros contenían 43.745 nombres de delincuentes de toda España. Sin embargo, el 1 de marzo esa cifra se redujo a 40.782. La variación obedece a la cancelación de datos que se realiza de oficio o por petición del registrado una vez cumplida la sentencia.

Los plazos de permanencia dependen de la gravedad del delito y siguen el criterio establecido en el Real Decreto 95/2009. Dejarán de aparecer en el Registro de Delincuentes Sexuales los menores condenados cuando cumplan 28 años, es decir, diez años después de alcanzar la mayoría de edad. Cuando el condenado sea un adulto y la víctima un menor de edad, la cancelación se realizará transcurridos 30 años, a contar desde el día en que se considere cumplida la pena y no haya vuelto a delinquir. Cuando quien cometa el abuso y su víctima sean adultos, el plazo dependerá de la sentencia. Figurará seis años en el fichero central cuando se trate de delitos menos graves con penas inferiores a tres años de prisión o multa económica. A partir de los tres años de cárcel, el plazo de permanencia será de 10 años y subirá a 20 cuando la condena sea de hasta 10 años de prisión. Llegará a 30 años cuando la sentencia sea de más de una década de reclusión, se le imponga la prisión permanente revisable o siempre que la víctima sea menor de edad.

Los docentes no universitarios de todas las comunidades autónomas deberán presentar en los próximos meses su certificado de no tener antecedentes de delitos sexuales o podrán dar su consentimiento para que la Administración acceda al registro y lo verifique.

La puesta en marcha de esta base de datos centralizada estaba prevista en la Ley de Protección Jurídica del Menor y responde a diversos convenios internacionales a los que está adherida España. El más destacado es el Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra la explotación y el abuso sexual, firmado en Lanzarote en octubre de 2007, que exige a los estados que adopten medidas para prevenir y perseguir los delitos sexuales contra menores.

Este registro evitará que se repitan situaciones como la que se vivió en un colegio de Tazacorte (La Palma), en septiembre del año pasado, cuando un profesor de música condenado por abusar de dos menores fue autorizado por la Consejería de Educación a regresar a las aulas. El docente fue juzgado en 2010. Los tribunales lo obligaron a indemnizar a sus víctimas y dictaron una orden de alejamiento durante 18 meses. Sin embargo, no lo inhabilitaron para desarrollar su profesión.

La administración regional le abrió un expediente disciplinario y lo apartó cautelarmente de su puesto en 2013, pero lo restituyó el 8 de septiembre de 2015. La alarma social que causó su vuelta al colegio Juan XXIII de Tazacorte hizo que Educación rectificara al día siguiente y ordenara su traslado a un centro para adultos.

Las orgías de Torres Baena

El mayor proceso por pederastia juzgado hasta la fecha en Canarias, y uno de los mayores de España, fue el protagonizado por el excampeón nacional de kárate y "depredador sexual", Fernando Torres Baena. En marzo de 2013, la Audiencia de Las Palmas, en Gran Canaria, lo condenó a 302 años de prisión como autor de 35 delitos de abusos sexuales y otros 13 de corrupción de menores.

El caso Kárate fue catalogado por las autoridades como un "macroabuso sin precedentes" que tuvo lugar durante 15 años en su gimnasio de la capital grancanaria y en su residencia particular de la playa de Vargas, en el municipio de Agüimes. También fueron condenadas por los mismos delitos su pareja, María José González, que tiene una pena de 148 años de prisión, y una de las monitoras del gimnasio, Ivonne González, con 126 años.

La sentencia considera probado que en el chalet de FernandoTorres Baena se desarrollaron "auténticas orgías sexuales" en las que no solo participaban los condenados y sus víctimas, sino que instigaban también que se produjeran encuentros entre los menores en función del rango que Baena y sus colaboradoras les asignaban dentro de la organización piramidal que habían creado.