El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso contencioso-administrativo presentado por un guardia civil que en 2017 fue trasladado desde su destino anterior en Jaén a Las Palmas, y al que la Dirección General no le había abonado los gastos de mudanza que le correspondían (y que ascendieron a casi diez mil euros).

El motivo aducido por la Guardia Civil era que no había quedado "suficientemente acreditado el traslado material y efectivo de materiales y enseres", pese a que el trabajador había demostrado documentalmente que dicho traslado se había producido, así como el montante total del mismo.

De ese modo, ahora la sentencia revoca y anula la actuación administrativa que denegó el pago de dicho gasto, por considerarla "no conforme a derecho, reconociendo el derecho del recurrente al abono en dicho concepto de la suma de 9.900 euros, con expresa condena a la Administración a su puntual abono".

Además, el fallo impone a la Administración las costas del recurso.

Una vez más han tenido que ser los servicios jurídicos de AUGC los que velen por la observancia de los derechos de los guardias civiles, derechos que desde la Dirección General obvian con frecuencia y de forma tan abusiva como arbitraria. Llama de nuevo la atención la frecuencia con la que la justicia debe corregir las decisiones de la Administración en relación a los trabajadores del Cuerpo, una cuestión que debería sin duda llevar a la reflexión tanto a los responsables políticos como a los altos mandos de la institución a la que tanto dicen defender.