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Universidad

El testamento vital en la era de internet

Los profesores Zamora y Ortega de la ULPGC analizan en ‘The Conversation’ la importancia de registrar las últimas voluntades y de regular el patrimonio digital

El testamento vital en la era de internet | Andrés Cruz

Los profesores de Derecho Romano de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, José Luis Zamora y Tewise Yurena Ortega, han publicado en la plataforma de divulgación científica, The Conversation el artículo Muerte y últimas voluntades: testamento vital y digital en el que desgranan la creciente importancia de este documento de últimas voluntades tras la aprobación de la ley de eutanasia, y los retos que se presentan en la era de internet para gestionar el patrimonio digital de una persona tras su muerte. Ambos expertos plantean las claves del testamento vital -«manifestación de voluntad fundamental, en virtud de la cual, y en base a la libertad individual, el sujeto manifiesta cuál va a ser el destino de sus bienes, derechos o patrimonio, después de su muerte»-, ante nuevas realidades .

Los profesores de Derecho Romano de la ULPGC, José Luis Zamora y Tewise Yurena Ortega ULPGC

Identidad digital.

«Hay una serie de contenidos digitales, tanto la huella como el patrimonio digital, del que normalmente nos olvidamos, y pueden tener incluso derecho de autor, y cuando fallece la persona no se sabe qué pasa con ese patrimonio. El problema real es que falta un desarrollo reglamentario, aunque entiendo que el notario es la persona más adecuada para hacer una pequeña adenda al contenido patrimonial en el aspecto digital», indicó el profesor Zamora. En este sentido, el especialista en Derecho Romano pone el foco en la necesidad de que salga el decreto que desarrolle aspectos de la ley de protección de datos, «porque todo esto tiene que ir supuestamente con un registro de carácter administrativo. Son las nuevas tecnologías las que están provocando esta situación».

El documento vital gana adeptos tras la aprobación de ley de eutanasia, al facilitar los trámites

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Notario.

José Luis Zamora añade que, a su juicio, el notario es la figura clave para dar validez al legado digital. «Se busca una gestión post mortem eficaz de las instrucciones del finado, y, aunque muchas plataformas en internet ofrecen sus servicios para poder disponer de nuestro legado digital, lo cierto es que estas necesitan del notario para dar seguridad jurídica, ya que, por mucho que podamos utilizar un Smart Will o testamento inteligente, garantizado con encriptado y blockchain, no se pueden asegurar todos y cada uno de los aspectos que afectan a la sucesión como la capacidad de los otorgantes o los posibles conflictos entre herederos, entre otros». El artículo refleja asimismo que, aunque el instrumento idóneo es el otorgado a través del fedatario público, podría realizarse por otros documentos de voluntades digitales, como sucede con la ley catalana, o utilizar los medios propios de las redes sociales como, por ejemplo, los contactos de legado, tal y como ocurre con Facebook. «En todo caso, habrá que esperar al desarrollo reglamentario previsto en la norma, aunque la puerta ha quedado abierta en la Ley del Notariado, al prever esta la posibilidad de consignar estos actos ante la inminente muerte en nota, memoria o soporte magnético o digital duradero, siendo válido esto último como testamento».

Eutanasia.

La investigadora Tewise Yurena Ortega, señala en el artículo que a raíz de la entrada en vigor de la Ley Orgánica reguladora de la eutanasia, el testamento vital cobra una gran importancia al establecer un procedimiento especial que exonera al paciente del cumplimiento de alguno de los requisitos generales exigidos por la norma, siempre que el médico responsable certifique que la persona se encuentra incapacitada de hecho y en un contexto eutanásico. «Podría decirse que el testamento vital ha ganado adeptos tras aprobarse la ley de eutanasia, porque es una vía rápida para eludir el estricto procedimiento que fija esta norma. Una persona que se encuentre en un contexto eutanásico por una enfermedad incurable, si no tienes testamento vital, tendría que pasar por muchos trámites para solicitar la eutanasia. Sin embargo, si tiene un testamento vital y te pronuncias sobre la eutanasia, llegado ese momento el médico miras tu historial clínico, ve que tienes la manifestación anticipada de voluntad, y directamente puede aplicarla». También el documento de últimas voluntades puede exonerar a familiares y allegados de asumir determinada responsabilidades, como la de donación de órganos.

Para los expertos, el notario se postula como figura clave, para dar validez al legado ‘online’

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Reforma.

Como propuesta para una futura reforma de la ley de eutanasia, los profesores de la ULPGC consideran que el legislador debe reconocer un período de validez a los testamentos vitales con pronunciamientos expresos a la eutanasia para garantizar, en todo caso, la voluntad del paciente, «puesto que hoy podemos estar plenamente convencidos de querer incluir en dicho documento referencia a la prestación de ayuda para morir y, dentro de unos años, pensar o desear todo lo contrario, no poder manifestarlo al encontrarnos incapacitados para ello y, finalmente, prestarse».

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