El Juzgado de Instrucción Número uno de Arona ha ordenado el sobreseimiento provisional de las diligencias incoadas en referencia al caso de la niña que se paseó por una cornisa a 25 metros del suelo el sábado 4 de enero de 2020 en un edificio de apartamentos de Playa Paraíso, tras tomar declaración a los padres de la menor y comprobar que se había tratado de un accidente puntual sin mayores consecuencias ni aparente posibilidad de repetición.

El paseo fue grabado desde otro edificio por una persona que difundió las imágenes en las redes sociales.

El magistrado instructor, Daniel Pedro Álamo Guzmán, tomó declaración a los padres de la niña el 13 de febrero, a la madre en calidad de investigada y al padre como testigo pues cuando sucedieron los hechos no se encontraba en la vivienda.

A juicio de la autoridad judicial, la pareja dio explicaciones "suficientes, coherentes y detalladas" de lo sucedido hasta el punto de evidenciar que se había tratado de un accidente doméstico aislado sin trascendencia penal, informa el TSJC.

La madre, de nacionalidad finesa --muy afectada por el episodio--, explicó al instructor que los hechos habían sucedido en cuestión de segundos, mientras su marido salía de casa a hacer un recado y ella se encontraba en la ducha.

Además, apuntó que ya habían tomado medidas para que no volviera a ocurrir, instalando pestillos en cada una de las ventanas del apartamento, en una cuarta planta, a unos 25 metros del nivel de la calle.

La declaración del padre de la niña, de pasaporte estonio, fue coincidente con el relato de su pareja.

En el transcurso de la diligencia no se apreció indicio alguno de situación de riesgo para la menor, ni indicio alguno de alarma respecto a la capacidad de raciocinio y tutela de los padres aparte de que no hay ningún antecedente policial ni judicial.