El dueño de una inmobiliario negó este miércoles, en el juicio que se seguía en su contra en la Sección II de la Audiencia Provincial por un presunto delito de apropiación indebida, haberse hecho con los 145.000 euros que una persona abonó para la compra de una casa y que nunca llegaron a los propietarios. Sin embargo, tanto la Fiscalía como la acusación particular le señalaron como el principal culpable en base a los testimonios tanto de las víctimas como de la compradora, que llegó a afirmar ante el tribunal que el acusado la instó a extender el cheque a nombre de la empresa y no de los propietarios del inmueble que pretendía adquirir, lo que le hizo sospechar de la transacción. 

El acusado es Julio Díaz, uno de los nombres que aparecían vinculados al de la inmobiliaria Lifer, que cerró en 2008, en los albures de la crisis económica que comenzó con el estallido de la burbuja inmobiliaria, con una deuda contraída con más de 300 familias canarias de alrededor de 2 millones de euros. El hombre, sin embargo, aseguró ante el tribunal que no fue «jamás» director, interventor o apoderado de dicha compañía, sino un simple agente. «Pude haber participado en la transacción, pero ello no significa que me haya beneficiado de ella», remarcó a preguntas de su abogado.

Díaz, que abandonó Canarias en torno a los años 2010-2011 para irse, primero a la Península, y luego a Ecuador, no reconoció las firmas que lucían en los documentos de compraventa y en el cheque de 145.000 euros como suyas, al tiempo que dijo no conocer a ninguna de las víctimas. 

Los vendedores solo recibieron 20.000 euros en metálico tras tratar de cobrar sin éxito un cheque

El matrimonio que vendió su vivienda, en el municipio de San Bartolomé de Tirajana, insistieron por su parte en que Díaz fue el interlocutor en todo momento de la transacción inmobiliaria y que era tratado como jefe por los dos empleados que se encontraban en el despacho que la empresa tenía en la calle General Vives de la capital grancanaria. También la compradora del inmueble le reconoció como la persona con la que se puso en contacto para llevar a cabo la compra y que se le presentó como propietario de la inmobiliaria.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular solicitan seis años de prisión por un delito de apropiación indebida, así como una indemnización de 145.000 euros, que las víctimas incrementan a 150.000 euros. Ambas partes coincidieron en que el acusado respondió con evasivas y que parecía tener interés en no recordar nada de lo sucedido. La defensa, en cambio, pidió la absolución al entender que no había prueba incriminatoria alguna contra su cliente.