Un informe jurídico de Puertos del Estado revela graves fallos técnicos y contables en la ejecución de la segunda fase del dique de la Esfinge, una obra adjudicada por 46,3 millones de euros y financiada en parte con fondos europeos. En el análisis sobre el proyecto, firmado por el jefe de la Asesoría Jurídica de Puertos del Estado, organismo dependiente del Ministerio de Fomento, se relatan una serie de actuaciones que cuestionan la legalidad de algunos de los trámites administrativos seguidos y la veracidad de documentos oficiales aportados al expediente además de exponer presuntas actuaciones más graves que afectan al uso indebido de fondos públicos, el empleo de material de peor calidad a lo establecido (o defectuoso, que pone en riesgo la estabilidad y seguridad de la escollera), pagos injustificados, negligencias e impericias profesionales y modificaciones sustanciales sin autorización previa.

La auditoría -que recoge informes técnicos y financieros de los especialistas de Puertos del Estado- se inicia como consecuencia de la demanda de la UTE (Fomento de Construcciones y Contratas, Dragados, Matías Marrero y Félix Santiago) encargada del proyecto de la segunda fase de la Esfinge. Las empresas reclaman el abono de 12,5 millones de euros de más por daños y perjuicios ocasionados por encargos adicionales de la Autoridad Portuaria de Las Palmas para unos trabajos -como vertidos en la banqueta y hormigonado y demolición del espigón- fuera de contrato y que fueron recepcionadas por la administración portuaria en 2011, cuatro años después de firmarse la adjudicación.

La Asesoría Jurídica de Puertos del Estado desestima, primero, la petición de la UTE para cobrar 12,5 millones de euros adicionales sobre el presupuesto firmado. Y especifica que las empresas encargadas de la construcción de la segunda fase de la Esfinge deben devolver a la Autoridad Portuaria de Las Palmas un saldo de 1,2 millones de euros porque, entre otros motivos, en la liquidación final de la obra se pagaron "conceptos de material" que no se correspondían con "la realidad de la obra ejecutada".

La polémica construcción y las consecuencias jurídicas y financieras que para el Puerto pueden acarrear ya han sido expuestas por el presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Luis Ibarra, a los miembros del consejo de administración, aunque, dada la gravedad de los hechos relatados, se ha optado hasta ahora por la discreción para evitar filtraciones que entorpecieran la investigación interna abierta. De hecho fue el propio Ibarra quien trasladó a Puertos del Estado la controvertida reclamación económica de la UTE, además de solicitar un dictamen jurídico, económico y técnico al respecto.

Como primera consideración general, el jefe de la Asesoría Jurídica de Puertos del Estado sostiene que no procede admitir la reclamación de 12,5 millones de euros de la UTE, ya "que la firma por parte de la entidad contratista de la liquidación final con pleno conocimiento de todo su contenido y con su conformidad" supone "estar de acuerdo" con lo consignado en la misma.

Sin embargo, el informe jurídico no se queda solo en esta conclusión formal, sino que, "con carácter subsidiario", ahonda en cada uno de los conceptos por los que las compañías encargadas de construir la segunda fase de la Esfinge piden una cantidad adicional. En un extenso apartado de consideraciones jurídicas y en las conclusiones del documento se revelan pagos que no se corresponden con lo ejecutado, "coeficientes de seguridad inadmisibles" en elementos de la obra que hubieron de ser subsanados y el supuesto de que la administración pueda encontrarse ante una "grave irregularidad administrativa". "La gravedad es tal", recalcan los servicios jurídicos de Puertos del Estado, que se insta a la Autoridad Portuaria de Las Palmas a "profundizar" en el desarrollo del proyecto en el muelle exterior del recinto.

La segunda fase del dique de La Esfinge ha sido objeto de un análisis interno en los últimos años. Primero, desde que en verano de 2011 se produjera una recepción fallida de la obra. Y después, a raíz de las primeras reclamaciones de cantidades, formuladas por la UTE en octubre 2012, según consta en el propio dictamen de Puertos del Estado. Esta demanda de cantidad fue en distintas ocasiones al consejo de administración del Puerto.

La polémica ejecución de la obra ha devenido también en un expediente informativo que se ha abierto a cuatro técnicos del Puerto (el director, el jefe de obra y dos trabajadores más). Hasta el momento, no se han trascendido mayores detalles de un procedimiento que sigue su curso en los despachos de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.

Precisamente, los informes de los técnicos del Puerto constituyen parte de la documentación analizada por el Ministerio de Fomento para emitir un pronunciamiento sobre La Esfinge. También lo aportado por la Unión Temporal de Empresas. Aunque se concede especial relevancia a los dictámenes que fueron elaborados por los especialistas de Puertos del Estado. Entre ellos, el emitido con fecha de 19 de febrero de 2014.

El espaldón

Entre los apartados objeto de la reclamación de la UTE que se evalúan figura el abono del espaldón del dique vertical de La Esfinge a lo largo de 156 metros, un apartado polémico, porque no constaba en un principio entre las obras incluidas en la adjudicación. Y una vez levantado se tuvo que demoler en parte. "La obra del espaldón se ejecutó por parte del contratista, si bien la misma no estaba prevista en el proyecto original", reconoce el informe de Puertos del Estado.

La contrata solicitó en junio de 2011 al Puerto la recepción de las obras ejecutadas. Por entonces, el espaldón alcanzaba la cota de 14,70 metros, "sin que conste que se hubiera dado por la Autoridad Portuaria de Las Palmas orden expresa de demolición". Desde La Luz se plantea entonces regularizar la obra "a una cota superior a la especificada en el proyecto inicial", que, se apunta, era la establecida en los 12,70 metros.

Puertos del Estado entendió que la solución "no era aceptable" por lo que informaría negativamente sobre la actuación. En Febrero de 2012, la Autoridad Portuaria reconduce el expediente y ordena que "restablecer la sección tipo de dique vertical en toda su longitud".

El informe estima como prueba lo anotado en el libro de ordenes de la obra, para considerar que la elevación sobre la altura prevista "contó con el consentimiento tácito de la Autoridad Portuaria de las Palmas". Y, en consecuencia, señala que "se debe abonar a la UTE recurrente por este concepto el hormigón colocado en el espaldón entre las cotas 14,70 y 12,70 en los 156 primeros metros del dique vertical", eso sí, "descontando" 22 metros, que "ya han sido abonados en la liquidación final de la obra".

Del mismo modo, la contrata pedía cobrar la demolición de parte de este espaldón, además de los materiales de más empleados. Para Fomento, en este caso procede la reclamación, por un importe de 414.516,94 euros, al observarse la "aprobación tácita de la Autoridad Portuaria" de estos trabajos en concreto.

La escollera

Más compleja es la sucesión de acontecimientos que se repasan en torno a los vertidos de escollera en la prolongación del dique cuando este se encontraba en una segunda fase, en lo que habría sido la preparación del alargue del muelle (la tercera fase, actualmente en curso para ampliar la estructura en 410 metros, a añadir a los 600 con los que ya cuenta). La dirección técnica de Puertos del Estado verifica que "se ha procedido al vertido de material", y que entre noviembre de 2009 y octubre de 2012 "aparece en dicho espacio una banqueta siguiendo la alineación del dique con una longitud aproximada de 180 metros".

La UTE sostiene que fue el Puerto el que le ordenó estos trabajos. Y Fomento considera los partes elaborados por los vigilantes adscritos a la obra como "prueba inequívoca de la voluntad de la Autoridad Portuaria" de autorizarlos. "Si bien sería conveniente verificar la autenticidad de dichos partes mediante su comprobación con los que obra en el expediente o bien mediante la toma de declaración de sus autores en el caso de que dichos partes no consten en el expediente", se especifica en el informe jurídico.

Los técnicos de Puertos del Estado deducen que los vigilantes "rechazaron numerosas partidas de material con destino a la banqueta de cimentación al no reunir las características adecuadas". Para esta conclusión se apoya en el laboratorio de geotecnia del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (Cedex) que elaboró un análisis de las condiciones de la sección del dique vertical. Se tomaron entonces muestras y se evaluó la estabilidad de la estructura, para plasmarse todo en otro informe, de carácter técnico, con fecha de julio de 2013.

Es en este estudio donde se expresa que "el material realmente dispuesto en la banqueta se puede calificar como todo uno de cantera sin clasificar". Los parámetros, se añade, "son más desfavorables que los previstos en los proyectos constructivos del dique, tanto en la segunda como en la tercera fase, donde se preveía la escollera". Así, se establece que, en general, "las características del material de cantera de vertido resultan ser peores que las recogidas" inicialmente, y "por tanto, que las asumidas contractualmente".

Estos hechos también son abordados en otro documento, de junio de 2008, elaborado por la adjudicataria de la asistencia técnica para el control de las obras, las firmas Intemac y Trama Ingenieros. Un dictamen al que alude Puertos del Estado y que expone que "la empresa constructora no ha empleado el material prescrito en el proyecto (escollera de peso comprendido entre 60 y 300 kilogramos). Pese a las reiteradas instrucciones y advertencias de la dirección facultativa", se expresa, "el material utilizado podría clasificarse en su mayoría como todo uno".

El 30 de marzo de 2009 se resolvió "de mutuo acuerdo" el contrato entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y las empresas que asumieron la asistencia técnica. En la auditoría se apunta que "Puertos del Estado no tuvo conocimiento de la existencia de dicho contrato de asistencia técnica a la dirección de obra hasta diciembre de 2013", cuando un técnico del Puerto lo incluye como anexo en uno de sus informes.

Es en este apartado relativo a la escollera en el que el organismo dependiente de Fomento afirma que "la UTE reclamante ha incumplido las obligaciones que contractualmente había sumido con respecto a las características y calidad del material vertido en la banqueta del dique vertical", lo que "constituye claramente un supuesto de impericia profesional". El caso es que la Autoridad Portuaria de Las Palmas abonó "el material aludido como si cumpliese con los requisitos de calidad establecidos en el pliego de prescripciones técnicas".

El informe de Puertos del Estado añade que "en el caso de que se apreciara concurrencia de responsabilidad por parte del personal de la Autoridad Portuaria no es preciso subrayar la gravedad del hecho, habida cuenta de que las cantidades indebidamente satisfechas son caudales públicos". Sin embargo, Fomento considera que debería abonarse a la contrata "el material efectivamente vertido", en relación "a la calidad del mismo". Y estima que se tendría que liquidar 659.865,76 euros a las compañías.

También cifra en otros 228.819, 98 euros los pagos que procedería efectuar a la UTE por los sobrecostes por los vertidos de escollera, al entender que el Puerto reconoció esta actuación , que se derivó en una "mayor complejidad de la obra" y movilización de equipos.

Pero apunta que, al examinar el posterior proyecto de la tercera fase de La Esfinge, la prolongación sobre lo construido en la segunda fase, se advirtió que las bermas (cornisas del dique) tenían una configuración "rebajadas", que "soporta coeficientes de seguridad inadmisibles". Algo por lo que Puertos del Estado descartó la solución referida.

En cumplimiento de sus órdenes, la UTE "procedió al recrecido de las banquetas hasta completar las anchuras de las bermas", prestación "abonada durante la liquidación de la obra". De ahí que Fomento advierta que el sobrecoste a pagar a las empresas debe circunscribirse "estrictamente" a la mayor complicación de los trabajos.

El informe de Puertos del Estado señala que "habrá que comprobarse por medios técnicos oportunos" que el material con el que se procedió al recrecido de las banquetas "se corresponde" con el pagado en la liquidación, "ya que de no ser así estaríamos en presencia de una grave irregularidad administrativa que exigiría poner en conocimiento del órgano jurisdiccional competente para depurar responsabilidades".