El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la condena a 23 años de cárcel que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) impuso al enfermero canario Iván R. por envenenar en 2010 a su mujer con talio, barbitúricos y otros medicamentos.

El talio, un metal pesado muy tóxico para el ser humano, fue la principal causa de la muerte de Laura A.G., la víctima, quien falleció debido a un fallo multiorgánico causado por una intoxicación.

El alto tribunal ha confirmado en todos sus extremos la sentencia del TSJC de diciembre de 2014, la cual a su vez confirmó el fallo anterior del jurado y la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas y además determinó que el reo no podrá comunicarse ni mantener contacto con su hijo, menor de edad, durante 33 años.

El jurado encontró culpable al reo del delito de asesinato y consideró probado, por siete votos a dos, que el acusado administró las citadas sustancias a su mujer diluidas en la comida.

Esta conclusión le llegó al jurado a partir de deducciones lógicas que tomaron como base diferentes indicios, aunque nunca hubo una prueba definitiva. Consideraron además que el enfermero estuvo motivado en su actuación por las continuas discusiones y los problemas económicos que tenían.

En su recurso ante el Supremo, la defensa del reo adujo, entre otras razones, que el fallo del jurado no fue lógico y racional ni estuvo suficientemente motivado.

En su sentencia de hoy el Supremo rechaza esta argumentación y señala que las distintas pruebas mostradas en el juicio enfrentaron dos tesis: la de la acusación de envenenamiento y la de la defensa, que sostenía que la fallecida padecía una grave enfermedad.

El jurado las valoró y dio más peso probatorio a las de la acusación con un veredicto que no se expresó sin motivación sino que, por el contrario, se derivó de hechos plenamente acreditados, añade el Supremo.

Es cierto, dice también el Supremo, "que no ha existido una prueba directa en el sentido de que nadie, ninguna persona, ha podido afirmar haber visto al acusado administrar a su mujer sustancia alguna o medicamento no pautado".

"Ahora bien, pese a ello, existen una serie de elementos o hechos indiciarios" en los que se ha basado la condena, añade el alto tribunal.

Y cita algunos de estos indicios, como la ausencia de antecedentes de enfermedad de la víctima, los informes periciales que indicaban una exposición anormal al talio que no podía ser accidental o el hecho de que las crisis le sobrevenían cuando estaba bajo el cuidado del marido y no durante las estancias en hospitales.

A ello se suma el perfil del reo, enfermero con acceso a los medicamentos que aparecieron en el organismo de la fallecida y conocimientos sanitarios para su administración, detalla el tribunal como base para confirmar la condena.