La Junta de Gobierno de Las Palmas de Gran Canaria ha aprobado hoy un acuerdo, a propuesta del concejal de Cohesión Social y Juventud, Jacinto Ortega, para desarrollar y consolidar las cláusulas sociales que, desde julio 2016, rigen los criterios en la contratación pública que se realiza desde el Ayuntamiento capitalino, asegurando que junto a la oferta económica se tienen en cuenta otros criterios sociales y laborales a la hora de adjudicar un contrato.

Con las mejoras ahora introducidas, se aclara que la incorporación de las cláusulas sociales no tendrá efecto en los contratos menores y procedimientos negociados. También se incorporan nuevas condiciones que tienen que cumplir las empresas que quieran contratar con el Ayuntamiento en aspectos como la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores, la lucha contra la exclusión social o la aplicación de los convenios laborales más beneficiosos para los empleados de esas compañías.

“Nuestro objetivo es reforzar las políticas sociales a través de la contratación administrativa, estableciendo que en todos los expedientes de las licitaciones públicas que se tramiten y gestionen en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se incluyan los referidos criterios sociales”, indica Jacinto Ortega

El concejal señala que, a través de estas medidas que mejoran el acuerdo anterior, se quiere reafirmar “nuestro compromiso de contribuir desde el Ayuntamiento a dignificar las condiciones laborales de los trabajadores, que es la mejor medida social que se puede aplicar”.

Jacinto Ortega explica el acuerdo adoptado este 11 de mayo consolida la incorporación en todos los pliegos de cláusulas administrativas particulares y pliegos de prescripciones técnicas de la necesidad de que la empresas adjudicataria quede sujeta a lo previsto en el convenio colectivo laboral de ámbito estatal vigente que le sea de aplicación, salvo que este sea menos beneficioso que el convenio de empresa que le pueda ser de aplicación a los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato.

El acuerdo establece también criterios para la aplicación práctica de las cláusulas sociales, como el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social. En concreto, se señala que las oficinas gestoras de los contratos tendrán en cuenta que en la finalidad social de su objeto se deberá añadir el inciso “fomentando la inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de estarlo”.

Además, tendrán que demostrar “la existencia de un plan de conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato”, indica Jacinto Ortega. En ese Plan de Conciliación se valorarán aspectos como el número de horas que se puede flexibilizar en el horario diario para atender al cuidado de ascendientes y descendientes en primer grado directo y por afinidad, cumpliendo el horario en el cómputo global semanal; valoración económica de ayudas para el cuidado de ascendientes y descendientes en primer grado directo y por afinidad (servicios de guardería, servicios de ayuda a domicilio u otros; y valoración económica de cualquier mejora de las condiciones establecidas en los convenios colectivos que sean de aplicación.

Por otra parte, desde julio de 2016, la ponderación del criterio económico a la hora de elegir a la empresa no puede ser inferior al 60% ni superior al 80%. A partir del acuerdo adoptado este 11 de mayo por la Junta de Gobierno, se concreta la obligación de que la valoración de las cláusulas sociales tampoco puede ser inferior al 20%.

“Desde el Ayuntamiento queremos dar una importancia y un peso real a los compromisos en materia social de las empresas con las que trabajamos”, explica el edil de Cohesión Social y Juventud, que considera que es esencial hacer política social desde la contratación pública.

Nuevos criterios de contratación

Desde julio de 2016, la contratación pública del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha cambiado radicalmente sus criterios de valoración, de tal forma que la oferta económica ha dejado de ser el único criterio a la hora de decidir la contratación pública, para dar paso a una combinación entre la oferta económica y otros criterios de tipo social.

La estabilidad en el empleo, la inserción laboral de personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social, y la inclusión de planes que fomenten la conciliación de la vida laboral y familiar, valorando especialmente la relación entre el tiempo de trabajo y el salario o el trato a los trabajadores, como por ejemplo el número de permisos retribuidos, seguros privados, guarderías para los hijos de los trabajadores, son los criterios sociales que deberán cumplir la empresas que deseen optar por conseguir la adjudicación de los concursos públicos municipales.