La Dirección General de Tráfico (DGT) incluirá por primera vez a las bicicletas en el Reglamento General de Circulación, que se modificará este mismo año, con el objetivo de que este medio de transporte pase de "alternativo" a "preferente" en las ciudades. La modificación del Reglamento establecerá además unos mínimos para que los municipios regulen en sus ordenanzas la circulación de las bicicletas por las aceras, de modo que esté permitida si tienen más de tres metros de ancho y siempre que el ciclista no se acerque a menos de un metro de las fachadas de los edificios.

Así, una vez que entre en vigor la reforma, las bicicletas podrán circular por el centro de la calzada -y no por la derecha- en las llamadas "zonas 30": calles en las que la velocidad máxima se fijará en los 30 kilómetros por hora, un límite que se hará visible mediante marcas en el asfalto o con un estrechamiento en el comienzo de esas vías.

Hasta ahora, las bicicletas estaban "marginadas", ya que debían circular obligatoriamente por la derecha, señaló el subdirector de Normativa de Tráfico, Ramón Ledesma,

La reforma también dejará abierta la posibilidad de que los Ayuntamientos permitan la circulación de las bicicletas en el sentido contrario a la marcha del resto de los vehículos, algo que actualmente está prohibido.

La normativa prohíbe ahora la circulación por las aceras, pero los ayuntamientos han ido estableciendo ordenanzas municipales que de alguna forma "burlan" el Reglamento porque, según aclaró Ledesma, "tienen que cubrir unas necesidades con la bici".