Los dos únicos técnicos de mantenimiento que actuaron directamente sobre el avión de Spanair del vuelo JK5022 accidentado en Barajas el 20 de agosto de 2008 son los finalmente señalados por el juez instructor del caso, Javier Pérez, como los únicos responsables del accidente. Su decisión de despachar el avión sin identificar la avería que presentaba el aparato y que frustró el primer despegue ha llevado al magistrado a convertirlos en los responsables directos del siniestro, en el que murieron 154 personas y 18 resultaron heridas de gravedad.

El auto del titular del juzgado número 11 de Madrid sienta en el banquillo por tanto a José Antonio Viñuelas y Felipe García Rodríguez, los únicos imputados desde el inicio del proceso y a los que acusa de 154 delitos de homicidio imprudente y 18 delitos de lesiones imprudentes.

En su última decisión, el juez retira la imputación a los tres directivos de Spanair que había señalado en su auto anterior, el 1 de junio, como posibles cooperantes necesarios en la decisión de los técnicos de despachar el avión indebidamente. Se trata del jefe de Mantenimiento Jesús Torroba; el jefe de la división de Mantenimiento en Línea, David Torres; y el jefe de la división de Calidad, Alejandro Sauquillo, todos ellos altos responsables técnicos de la compañía que operaba el vuelo y cuya imputación solicitó la Asociación de Afectados por el Vuelo JK5022 que preside Pilar Vera.

Según el juez, los dos mecánicos que finalmente se sentarán en el banquillo, aunque quedan pendientes los posibles recursos que se presenten, debieron seguir investigando la avería que había impedido un primer despegue y provocado la vuelta del avión a los hangares, antes de despachar el aparato hasta que ese fallo "sumamente extraño" hubiera sido identificado.

No cabía aplazar

Argumenta el auto que no cabía por lo tanto, tal como señalan los técnicos en aplicación del manual de equipamiento mínimo (MEL), aplazar la reparación sin identificar la avería tal como se hizo y difiriendo el arreglo a unos días después. Según el auto, el MEL podía "inducir a error" sobre cómo actuar ante fallos de la calefacción de la sonda de temperatura RAT en tierra.

Añade el auto que los mecánicos tampoco consultaron el libro del avión, en el que hubieran constatado que un día antes, ese mismo aparato había sufrido otras dos averías del mismo sistema. "Si el avión no se hubiera despachado de forma indebida, no se habría producido el accidente", concluye el juez tras reconocer que "no es posible conocer la causa del fallo del TOWS", el sistema de advertencia de configuración inadecuada para el despegue.

Según un informe pericial de los afectados y víctimas, señalaba al mal estado del relé R2-5 encargado de suministrar electricidad al calefactor de la sonda de temperatura RAT y al sistema de alerta sonora TOWS como causa determinante del accidente.

Además de archivar el procedimiento contra los tres directivos de Spanair imputados en el auto del 1 de junio, el juez rechaza imputar al director del aeropuerto de Barajas, Miguel Ángel Oleada; al responsable del puesto de mando de aeródromo en esos momentos; y al subdirector de Spanair, Javier Mendoza. Mantiene sin embargo abierta la causa contra las entidades mercantiles Spanair S.A. y su compañía aseguradora, Mapfre como posibles responsables civiles.

En relación con los dos primeros, cuya imputación reclamaba la Asociación de Afectados por el Vuelo JK5022 por negligencia en la ampliación del plan de emergencia y asistencia a los heridos, el juez no aprecia indicios de homicidio ni lesiones imprudentes, ni tampoco omisión del deber de socorro.

Los familiares de víctimas consideraban en este sentido que al menos siete de los fallecidos en el accidente podrían haberse salvado de haber recibido una asistencia médica en el tiempo adecuado de haberse aplicado correctamente el plan de emergencias de Barajas. Pero el auto considera que no hay rezones suficientes para considerar que "una eventual ejecución incorrecta del plan de emergencias" pudo contribuir a los resultados de la tragedia.

Para llegar a estas conclusiones, el juez ha recopilado un total de 9 informes técnicos, entre ellos el elaborado por el órgano pericial colegiado encargado por el propio magistrado.

En cuanto a la actuación de la tripulación, a la que apuntan los técnicos y la compañía como responsables últimos del accidente, el magistrado la califica de "torpe" y "descuidada" porque no accionaron la palanca para configurar los slats y los flaps para el despegue (estabilizadores y alerones). Según el auto, "a esta actuación puso contribuir la presencia de una tercera persona en la cabina, presencia consentida por los tripulantes, que pudo distraer a estos, mermando las posibilidades de que se percatasen de su error".