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Los convenios se mantienen pese al TC

Los fondos de los acuerdos bilaterales están blindados por el nuevo REF y el Estatuto

El Gobierno de Canarias acogió ayer con aparente tranquilidad una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que cuestiona la obligación del Estado de hacer frente a los gastos comprometidos en los convenios plurianuales suscritos con la comunidad autónoma. La consejera de Hacienda, Rosa Dávila, asegura que el dictamen del árbitro constitucional sólo afectaría a los llamados "convenios subvención", los de menor relevancia de los que contemplan recursos estatales para las Islas y en ningún caso se comprometen "transferencias" de capital desde los ministerios.

Esta es al menos la interpretación que realizan los servicios jurídicos del Ejecutivo en un momento de gran sensibilidad e inquietud al respecto por el enfrentamiento con el Estado por las denuncias isleñas sobre el incumplimiento de muchos de los convenios de infraestrcuturas, de empleo y de lucha contra la pobreza, entre otros, que tienen consignación presupuestaria desde el 2018 pero cuyos fondos no se han transferido.

Dávila aseguró ayer que la sentencia del Constitucional, fechada el 15 de marzo y publicada en el BOE el pasado 15 de este mes, "no contraviene ni pone en entredicho las sentencias anteriores del Tribunal Supremo sobre la deuda del convenio de carreteras". Tampoco cuestiona, según ella, la obligación del Estado de hacer frente jurídicamente a sus compromisos de inversión en Canarias establecidos en los otros principales convenios firmados entre ambas administraciones. Asegura además que muchas de esas obligaciones presupuestarias del Estado están blindadas en los nuevos textos del REF y del Estatuto, más allá de que políticamente el actual Gobierno central esté negándose a cumplirlos.

Según Dávila, esta sentencia no está en la línea de las que ya había dictado el Constitucional en 2013 y años posteriores sobre los recursos interpuestos por Canarias contra los Presupuestos del Estado de 2008, 2012 y 2013. En ellos Canarias consideraba que las cuentas estatales no cumplían el REF en materia de inversión, y marginaba a las islas en cuanto a la financiación autonómica. Las sentencias al respecto no apreciaban inconstitucionalidad en ninguno de esos Presupuestos estatales y venían a señalar que el Gobierno central tenía capacidad de modular las inversiones territoriales en función de la disponibilidad de recursos.

La sentencia del pasado 15 de marzo se refiere a un recurso presentado por el Gobierno de Canarias contra varios artículos de la ley de Régimen del Sector Público aprobada en 2015 durante la etapa del Gobierno de Mariano Rajoy (PP) y en la que se considera que se liberaba al Estado de sus obligaciones financieras en convenios bilaterales en los que cada una de las partes tiene algo que aportar. El recurso, que fue interpuesto durante el periodo del pacto CC-PSOE, señalaba que la nueva ley provocaba un "desequilibrio obligacional carante de toda explicación para las administraciones que celebren convenios con el Estado".

Los magistrados que interpretan la Carta Magna sostienen sin embargo que los acuerdos en discusión son los denominados "convenios subvención", es decir, aquellos en los que la Administración estatal se compromete a financiar con recursos propios tareas o competencias que ejerce la autonómica. Al respecto, señala que "la aportación del Estado de anualidades futuras estará condicionada a la existencia de crédito en los correspondientes presupuestos".

Dávila recuerda que "este recurso fue interpuesto antes de que muchos de nuestros convenios con el Estado estuvieran blindados por la aprobación del REF y del Estatuto".

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