El Juzgado de Primera Instancia desestima la demanda en la que se solicitaba la impugnación de la última Asamblea General Ordinaria de la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas, celebrada el 20 de julio de 2018. El demandante, al que no se le ha dado la razón, entendía que ninguno de los acuerdos adoptados tenían validez porque sus miembros habían cumplido el mandato para el que habían sido elegidos.

En el texto del fallo del tribunal se "desestima la demanda formulada por la representación procesal de don Joaquín Vega Acosta contra la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas y absuelvo a la demandada de las pretensiones contra ellas dirigidas, con imposición de las costas procesales al demandante".

En tal sentido, la sentencia es clara: "Esta interpretación no puede ser aceptada pues no se acomoda al tenor literal ni al espiritu de la norma. La citada norma trata de garantizar, como en la mayoría de los procesos electorales, un mandato determinado (en este caso cuatro años), pero no computado de fecha a fecha".