La Audiencia Provincial de Las Palmas confirma que la banca debe afrontar la totalidad de los gastos de notario, del Registro de la Propiedad, de la Gestoría y de la tasación del inmueble en la constitución de hipotecas.

La sección cuarta, sala especializada en condiciones generales de la contratación en la provincia oriental canaria, establece con su sentencia de este martes la doctrina del Tribunal sobre cómo se reparten los gastos entre el banco y el cliente.

La sentencia de apelación, susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo, estima parcialmente el recurso del Banco Popular Español contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Puerto del Rosario que el 15 de abril condenó a la entidad a abonar todos los gastos derivados de un préstamo hipotecario por considerarlos abusivos. Ahora, y de acuerdo con la más reciente jurisprudencia del Supremo, la Audiencia Provincial de Las Palmas fija también los gastos que deben asumir también los hipotecados.

Así, el banco y el cliente deberán pagar por la mitad los gastos del timbre que se incluyen en la factura del notario mientras que el cliente prestatario es quien debe abonar únicamente el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.