Cambios en la ley de vivienda respecto a los okupas, a partir de ahora
El proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda se somete este miércoles a su aprobación final en el pleno del Senado
La Ley de Vivienda, considerada una de las leyes más importantes del gobierno de coalición, entrará en vigor durante la campaña de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo. La política de vivienda ha sido protagonista en estas elecciones. Después de su aprobación en el Congreso el pasado 27 de abril, gracias a un acuerdo entre el Gobierno, ERC y EH Bildu, es poco probable que en el Senado se aprueben las 324 enmiendas parciales o las seis propuestas de veto presentadas por el Grupo Vasco, PP, Vox, Cs, Navarra Suma y Junts per Catalunya.
La norma será promulgada antes de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.
Cambios en la legislación
El Gobierno tiene la intención de aprobar una nueva ley de vivienda que incluye medidas que tendrán un impacto directo en los grandes propietarios y cambios en los procedimientos de desalojo de los ocupantes ilegales.
Alberto Núñez Feijóo, líder del partido popular, sostiene que esta ley de vivienda es un "estímulo" para la ocupación ilegal y que "dificulta" la recuperación de las viviendas por parte de sus propietarios. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana contradice esta afirmación argumentando que la ley busca proteger a las familias vulnerables frente a los desalojos forzosos. Además, afirma que "las enmiendas se refieren a la recuperación de viviendas debido a la falta de pago de alquiler, no a la ocupación ilegal", ya que estas modificaciones afectan a la Ley de Enjuiciamiento Civil y no a la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Alberto Núñez Feijóo, líder del partido popular, sostiene que esta ley de vivienda es un "estímulo" para la ocupación ilegal
La Ley de Enjuiciamiento Civil establece distintos requisitos y procedimientos tanto para propietarios de pequeñas como de grandes propiedades. Actualmente, para dar inicio a un proceso de desahucio, se requiere que cualquier demandante demuestre si el propietario posee más de diez inmuebles urbanos destinados a uso residencial, así como si la vivienda en cuestión es o no el domicilio habitual del ocupante.
La nueva ley también implica cambios en los procedimientos de desalojo:
- 1. Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado no podrán intervenir de forma sorpresiva. Deberán comunicar previamente el día y la hora del desalojo.
- 2. El propietario del inmueble deberá presentar todas las acreditaciones relacionadas con la vivienda.
- 3. Se desestimarán las demandas que busquen la recuperación de la posesión de una finca, a menos que se especifique si el inmueble en cuestión constituye la vivienda habitual de la persona ocupante.
- 4. En el caso de que el propietario sea considerado un gran tenedor, todos los procesos serán cancelados si no se certifica que se ha intentado conciliar con los infractores que sean considerados vulnerables.
Usurpación o allanamiento, diferencias
Los especialistas en temas de vivienda explican que la ocupación no está contemplada en el Código Penal; solo es una expresión coloquial utilizada cuando una persona se instala en una vivienda que no le pertenece. Por lo tanto, para tomar medidas legales contra los ocupantes ilegales, es necesario diferenciar entre usurpación y allanamiento de morada.
Usurpación: La usurpación se refiere a la ocupación ilegal de una propiedad, sin el consentimiento del propietario o sin ningún derecho legal para hacerlo. Implica que una persona se establece en una propiedad ajena y la utiliza como propia, sin tener ninguna autoridad o título de propiedad legítimo. La usurpación es considerada un delito en muchos países y puede conllevar consecuencias legales.
Allanamiento: El allanamiento se refiere a la entrada no autorizada a una propiedad por parte de una persona, incluso cuando el propietario o persona a cargo no ha dado su consentimiento para el ingreso. El allanamiento implica entrar en una propiedad sin permiso y puede ocurrir en diferentes circunstancias, como en el caso de una vivienda, un vehículo o un lugar de negocio. El allanamiento también es considerado un delito en la mayoría de los sistemas legales y puede acarrear sanciones legales.
En conclusión, la usurpación implica la ocupación ilegal y uso de una propiedad ajena como propia, mientras que el allanamiento se refiere a la entrada no autorizada a una propiedad sin el consentimiento del propietario. Ambos actos son considerados delitos en la mayoría de los países y pueden dar lugar a acciones legales.
Personas en situación de vulnerabilidad
El Gobierno hace hincapié en la necesidad de distinguir entre desalojos de personas vulnerables y ocupantes ilegales.
Los tribunales deberán solicitar un informe a los servicios sociales para verificar si una persona se encuentra en situación de vulnerabilidad
Los tribunales deberán solicitar un informe a los servicios sociales para verificar si una persona se encuentra en situación de vulnerabilidad. En caso afirmativo, se suspenderá el desalojo hasta que la administración encuentre una solución habitacional alternativa, ya sea en forma de vivienda, por un período de dos meses si el demandante es una persona física, o de cuatro meses si es una entidad jurídica.
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