El truco que no conocen los alquilados: el casero solo te podrá exigir esta fianza

Todas las personas que viven en una casa que no es de su propiedad deben hacer frente a este gasto

Este requisito es indispensable para la fianza

Este requisito es indispensable para la fianza

Cuando tienes que vivir en una casa de alquiler tienes que hacer frente a este gasto obligatorio que exigen a todos los inquilinos antes de poner un pie dentro su propiedad. En función de las pretensiones del dueño, este te puede pedir un máximo por ley, aunque muchas veces no lo hacen así. Si te piden otra cantidad debes reclamarlo de la siguiente manera.

La fianza es uno de los gastos más altos que tienen que desembolsar los inquilinos y todo dependerá de las obligaciones que imponga el arrendador. El número de meses que se pidan como garantía supone un gran cambio en la cantidad de dinero que se precise tener ahorrado para poder alquilar un hogar. En muchos casos, es más caro pagar una hipoteca que abonar los primeros meses de un arrendamiento, por lo que muchas personas no dan este paso y deciden hacer su vida diaria de otra manera.

¿Qué fianza se debe pagar?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que como máximo, el propietario del inmueble solo puede pedir una mensualidad de renta en el caso del alquiler de vivienda y de dos meses en los casos de uso distinto. Según este documento, solo se pueden exigir uno o dos pagos para entrar a vivir en tu casa o piso. La LAU también indica que, durante los cinco primeros años, la cantidad de la mensualidad no debe cambiar, sin embargo, sí se puede actualizar en las siguientes prórrogas. 

La ley tiene un apartado llamado ‘garantía adicional’, que permite al propietario solicitar una cantidad extra al inquilino para asegurarse el cumplimiento de pago y los posibles desperfectos ocasionados durante la estancia. Esto debe estar indicado en una cláusula adicional y no tiene límite hasta ahora.

Antes, la ‘garantía adicional’ se podía pedir en cada mensualidad, pero en 2018 todo cambió y se estableció que, como máximo, solo se exigirán dos pagos extra. Otro dinero que se pueden requerir es un aval bancario por un importe de 6 meses e incluso un año.

¿Cuándo me devuelven la fianza?

  • Una vez finalizado el contrato del alquiler, el propietario tendrá que devolver la fianza depositada al principio, salvo que incumplas uno de estos casos:
  • Dejar daños significativos en el inmueble causados por el inquilino más allá del desgaste normal.
  • No pagar el alquiler o las facturas adicionales acordadas en el contrato. 
  • Abandonar la propiedad antes de finalizar el período de arrendamiento sin notificar adecuadamente al propietario.
  • Salir de la casa en condiciones inadecuadas de limpieza y mantenimiento al finalizar el contrato. Es decir, que haya acontecido un mantenimiento insuficiente o negligente.
  • Obras sin consentimiento.