Aviso de Hacienda: la temida carta que muchos recibirán antes de Navidad

Si llega a nuestro hogar este tipo de comunicación, es probable que no hayamos gestionado correctamente la Declaración de la Renta

La vicepresidenta cuarta y ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.

La vicepresidenta cuarta y ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero. / Eduardo Parra - Europa Press

Iniciamos el último mes del año y ya son varios los contribuyentes que han empezado a recibir las conocidas 'cartas del temor' de la Agencia Tributaria. Estas cartas oficiales tienen como finalidad realizar algún tipo de requerimiento a todos los contribuyentes, tras la finalización del plazo para presentar la Declaración de la Renta el 30 de junio de 2023. La Agencia Tributaria confirmó hace algunos meses que cerca de 23 millones de contribuyentes presentaron su declaración, lo que supuso un aumento del casi 4 % en comparación con el año anterior.

De estos 23 millones, 6 millones tuvieron un resultado que obligaba a pagar a la Agencia Tributaria. De esta cifra, 4.5 millones optaron por aplazar estos pagos en dos plazos, siendo el último vencimiento el pasado 6 de noviembre.

Si recibes una de estas 'cartas del temor' de Hacienda, es crucial estar alerta. Estas cartas son enviadas a los españoles que han presentado la Declaración de la Renta, ya que Hacienda ha detectado alguna incidencia y posiblemente esté solicitando algún documento adicional que no fue enviado en su momento.

Si recibes una de estas 'cartas del temor' de Hacienda, es crucial estar alerta

En España, la Agencia Tributaria emite diversos tipos de cartas dirigidas a los contribuyentes para informarles sobre diferentes asuntos relacionados con sus obligaciones fiscales. Algunos de los tipos de cartas más comunes incluyen:

  • 1. Carta de notificación de deuda: Se envía cuando un contribuyente tiene deudas pendientes con Hacienda, detallando la cantidad adeudada, los conceptos fiscales correspondientes y los plazos para el pago.
  • 2. Carta de requerimiento de documentación: Se utiliza cuando la Agencia Tributaria necesita información adicional para verificar la declaración de un contribuyente, solicitando la documentación necesaria.
  • 3. Carta de inicio de inspección: Se emite en casos más complejos, notificando al contribuyente que se llevará a cabo una revisión detallada de sus declaraciones y actividades económicas.
Deuda hipotecaria

Deuda / Shutterstock

  • 4. Carta de liquidación provisional: Se emite después de realizar una inspección, detallando los resultados y la información sobre los importes a regularizar o devolver.
  • 5. Carta de devolución de ingresos indebidos: Se envía cuando la Agencia Tributaria ha realizado un ingreso indebido a favor del contribuyente, informándole sobre la devolución y los detalles asociados.
  • 6. Carta informativa sobre cambios normativos: Se utiliza para notificar a los contribuyentes sobre cambios en la legislación fiscal que puedan afectarles, proporcionando información y orientación sobre cómo adaptarse a las nuevas normativas.

La carta de requerimiento de documentación se utiliza cuando la Agencia Tributaria necesita información adicional para verificar la declaración de un contribuyente, solicitando la documentación necesaria

Es esencial tener en cuenta que la correspondencia oficial de la Agencia Tributaria suele incluir información detallada sobre la naturaleza de la comunicación, los plazos para tomar acciones y los canales disponibles para resolver cualquier problema o duda. Los contribuyentes deben prestar atención a estas cartas y, en caso de duda, buscar asesoramiento profesional.

Las 'cartas del temor' se pueden clasificar en distintos tipos, de menor a mayor importancia y gravedad del requerimiento. Desde una carta informativa hasta un expediente sancionador, indicando que el contribuyente ha cometido alguna infracción fiscal en relación con la presentación de la Declaración de la Renta. También se incluyen licencias de embargo, el inicio de una investigación de inspección, la providencia de apremio o la resolución del procedimiento. Lo crucial es entender que cualquier comunicación de Hacienda debe ser respondida o al menos verificada, ya que de lo contrario, se pueden enfrentar a consecuencias significativas.