Paga extra Navidad 2023

Aviso de la Seguridad Social sobre la paga extra de los beneficiarios del Mínimo Vital

Con la vista puesta en las Navidades, muchos beneficiarios les ha surgido la duda

Aviso de la Seguridad Social sobre la paga extra de los beneficiario del Mínimo Vital

M. A. R.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las grandes medidas que puso en marcha del Gobierno de España en la anterior legislatura. El objetivo de esta ayuda es dotar de una protección económica a las personas más vulnerables y garantizar que no se quedaran sin ningún tipo de ingresos. Las pagas extra son un derecho por ley de los trabajadores y pensionistas establecido, y por eso, a muchos beneficiarios del IMV les ha surgido la preguntan sobre si tienen derecho a la extra de Navidad.

La Seguridad Social es la encargada de gestionar tanto las pensiones como el Ingreso Mínimo Vital, por eso ha surgido la duda. En España, la paga extraordinaria suele estar situada en verano y para Navidad, las épocas del año que más gastos se producen. La paga extra de Navidad se sitúa en el mes de noviembre y como quedan pocos días para dejar atrás octubre, muchos se preguntan ¿tienen paga extra de Navidad los beneficiarios del IMV?  

Respuesta de la Seguridad Social

La Administración Pública ha querido recordar la Ley 19/2021, del 20 de diciembre, en el que se detalla lo siguiente en su artículo 13: “En el caso de una persona beneficiaria individual, la cuantía mensual de renta garantizada ascenderá al 100 por ciento del importe anual de las pensiones no contributivas fijadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dividido por doce”.

De esta manera, tal y como explican desde la Seguridad Social, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital no disponen de pagas extraordinaria, por lo que reciben su cuantía repartida en 12 pagas ordinarias.

Un caso diferente son los pensionistas, que sí que cobran la pensión repartida en catorce pagas, contando la de verano y la de Navidad. Solo existe un caso, los que cobran una pensión por incapacidad permanente derivada de un accidente o enfermedad laboral, que cobran estas dos pagas extra repartidas entre las otras doce ordinarias. 

Aunque los pensionistas suelen cobrar la pensión en el mes de noviembre, este año se ha producido concretamente sobre el día 27 (dependiendo de la entidad bancaria), la mayoría de empleados por cuenta ajena y empleados públicos que tienen derecho a ella suelen recibir esta paga sobre el 15 de diciembre, justo antes de la llegada de la Navidad.