SEGURIDAD SOCIAL

Aviso de la Seguridad Social: adiós a tu pensión si no realizas este trámite

Los pensionistas que sean beneficiarios de la pensión no contributiva están obligados a presentar dos trámites antes del primer trimestre de 2024

Dos personas ancianas caminando por un parque, a 29 de noviembre de 2023, en Madrid (España). Las pensiones contributivas subirán un 3,8% en 2024 con la fórmula de revalorización recogida en la ley de reforma de las pensiones en la que se tiene en cuenta,

Dos personas ancianas caminando por un parque, a 29 de noviembre de 2023, en Madrid (España). Las pensiones contributivas subirán un 3,8% en 2024 con la fórmula de revalorización recogida en la ley de reforma de las pensiones en la que se tiene en cuenta, / Gabriel Luengas - Europa Press

La Seguridad Social ha lanzado un aviso a los pensionistas que reciban una pensión no contributiva en 2024. Concretamente, la Seguridad Social informa que los beneficiarios de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez deben presentar dos documentos antes de que termine el primer trimestre de 2024. El organismo advierte que en el caso de que no se lleve a cabo este trámite, se procederá a la suspensión de la pensión de manera temporal.

Las pensiones han experimentado un aumento del 3,8%, mientras que las pensiones mínimas y no contributivas registraron un incremento aún más significativo del 6,9%. Esta revalorización de las cuantías busca mantenerse al día con la realidad económica, y para lograrlo, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) requiere que los beneficiarios informen sobre sus niveles de ingresos. Es crucial que los beneficiarios participen activamente en este proceso para asegurar la actualización adecuada de las prestaciones, especialmente aquellas gestionadas por el IMSERSO.

Estos trámites tienen dos finalidades, el primero es garantizar que los perceptores cobren la cuantía que les corresponde y segundo, que se siguen cumpliendo los requisitos para ser beneficiarios de una pensión no contributiva o PNC.

Qué documentación presentar para no perder la pensión

La Seguridad Social confirma qué documentación es imprescindible presentar antes del 31 de marzo de 2024, uno de ellos es para actualizar la cuantía de la pensión y otro para mantenerla. Este segundo es obligatorio y, en el caso de no presentarlo, la Seguridad Social procede a suspender de manera temporal la pensión.

Según informan desde el IMSERSO, es fundamental que los beneficiarios informen al organismo sobre cualquier cambio ocurrido en el año 2023 en relación con su convivencia, estado civil, lugar de residencia y sus ingresos económicos, tanto personales como familiares. Este proceso debe realizarse dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha en que se produzca la variación. Para facilitar estos trámites, se ha habilitado un enlace directo a la sede electrónica del IMSERSO. Es crucial cumplir con esta comunicación para garantizar una actualización precisa de las prestaciones correspondientes.

Será necesario presentar una declaración anual de rentas o ingresos, tanto del beneficiario como de los miembros de su unidad familiar de convivencia, durante el primer trimestre del año, antes del 31 de marzo. Este procedimiento debe llevarse a cabo de manera electrónica a través del enlace proporcionado a la sede del IMSERSO. Cumplir con esta declaración es esencial para asegurar una actualización adecuada y precisa de las prestaciones, siendo un requisito realizar este trámite dentro del plazo establecido.

Este último procedimiento es de carácter obligatorio y se encuentra regulado por el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de la Ley General de la Seguridad Social, así como por el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991. En el caso de no presentar este documento dentro del plazo indicado, la Seguridad Social tomará la medida de suspender el pago de la pensión. Es importante subrayar que no se elimina la pensión, sino que simplemente se suspende el pago hasta que se presente la declaración anual y se demuestre que el beneficiario sigue cumpliendo con los requisitos establecidos. Cumplir con esta obligación es esencial para evitar interrupciones en el cobro de la pensión.

¿Qué hacer si me interrumpen el cobro de la pensión?

Si la pensión no contributiva se suspende y posteriormente se reactiva tras la presentación de la documentación requerida, el pensionista tiene el derecho de solicitar a la Seguridad Social que le abonen la pensión con efecto retroactivo. Este pago retroactivo puede abarcar un período máximo de noventa días naturales, contados desde la fecha en que se presentó la documentación necesaria y se demostró el cumplimiento de todos los requisitos exigidos. Es fundamental seguir los procedimientos adecuados y cumplir con las obligaciones establecidas para garantizar la continuidad y regularidad en el cobro de la pensión no contributiva.