El impuesto de plusvalía deja un 75% menos de ingresos en las arcas locales

Los 81,20 millones alcanzados en el conjunto de los municipios del Archipiélago pasan a ser 20 millones en solo un año

La recaudación de los ayuntamientos por esta vía se estabiliza a la baja

Fachada del Ayuntamiento de la localidad grancanaria de Santa Brígida.

Fachada del Ayuntamiento de la localidad grancanaria de Santa Brígida. / ÁNGEL MEDINA / EFE

Julio Gutiérrez

Julio Gutiérrez

Los ingresos de los ayuntamientos canarios por la recaudación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, han caído un 75%. La causa es la reforma de esta figura fiscal, a la que obligó su declaración de inconstitucionalidad hace más de dos años.

El Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, que se mantiene en el cargo hasta el momento actual, tuvo que afrontar en tan solo dos semanas la reforma de la que era la segunda fuente de ingresos para los ayuntamientos. Si en 2021, último año no afectado por la decisión, el conjunto de los 88 municipios canarios recaudaron 81,20 millones de euros, un año después, fueron tan solo 20 millones.

Existe la posibilidad de que la caída sea mayor por los casos que están todavía en instancias judiciales

Este hundimiento, constatado por la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (Aniphl), que deja en la cuarta parte los ingresos de los ayuntamiento canarios por este concepto, podría ser aún mayor. Así lo advierte este grupo de altos funcionarios, ya que aún están por resolverse una gran cantidad de reclamaciones presentadas por ciudadanos para los que el cambio en el impuesto no llegó a tiempo.

Cuatro recientes sentencias del Supremo juegan en contra de los intereses de estos particulares. El Alto Tribunal circunscribe la decisión adoptada por el Constitucional en octubre de 2021 a la no pertinencia de la aplicación de la base imponible tal y como estaba configurada. Eso no significa que no haya de abonarse cantidad alguna por la plusvalía que pueda surgir en la transmisión de propiedades.

En otras palabras, son quienes reclaman la responsabilidad patrimonial del Estado por los abonos que tuvieron que realizar los que deben demostrar que esos pagos no tenían sustento legal. Además, el propio Tribunal Constitucional dejó sin posibilidad de reclamación a todos aquellos cuyos casos ya se hubieran juzgado con arreglo a la normativa anterior y también a los que no hubiesen iniciado acciones legales antes de conocerse su fallo.

El futuro del impuesto

Toda vez que se aplicaron los cambios, la previsión para los próximos años es de estabilización en los bajos niveles a los que ha conducido la sentencia del Constitucional. No obstante, las excepciones existen. Es el caso de Las Palmas de Gran Canaria, que en 2022 recaudó por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana 8,19 millones de euros, el 10% del total en la comunidad autónoma. El ajuste severo lo padeció el año pasado, con un desplome del 48,7% –en previsión presupuestaria– que dejó la entrada de dinero en sus arcas por esta vía de la plusvalía en solo 4,29 millones de euros.

Por contra, Santa Cruz de Tenerife, donde la recaudación por esta figura fiscal se quedó en 2,25 millones de euros en el ejercicio 2022, no anotó ninguna variación para el pasado año; se quedó con la misma cifra. Esa misma senda la tomaron Telde (para un total de 1,85 millones de euros) y Arona. Este último municipio recauda más por la plusvalía que la propia capital de la isla, pero no tanto como La Laguna.

Las Palmas de Gran Canaria registró un ajuste del 48,7% en la previsión de sus cuentas para 2023

La segunda localidad tinerfeña en población es de hecho el municipio canario en la que la previsión de ingresos por este tributo es de mayor tamaño. Los 6,05 millones de euros consignados para el pasado año son, además, tan solo 300.000 mil euros menos que en 2022. ¿Está el ajuste pendiente? No es descartable al contemplar que el descenso recaudatorio desde el cambio introducido en la norma es de solo el 19,3%.

La causa del cambio en la norma

Las reclamaciones para demoler el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana arreciaron tras la depreciación de los inmuebles que trajo consigo la crisis de 2008. Lo ayuntamientos seguían cobrando este tributo ligado a la plusvalía que generaba la transmisión de propiedades aun cuando esta no se producía. Si alguien había adquirido una casa en los primeros años de este siglo y se encontraba con unas cuotas hipotecarias a las que no podía hacer frente por perder el empleo tras el crack económico, una de las salidas realistas que tenía era vender. La demanda de casas escaseaba y más aún el crédito, lo que en un escenario de urgencia hacía muy probable tener que desprenderse del activo por un precio inferior al de su adquisición. No existía por tanto plusvalía alguna, pero aun así los ayuntamientos, con la ley en la mano, pasaban la factura de cobro. Hubo de reformarse la norma para terminar con esa incongruencia, pero no pocos ciudadanos tuvieron que rascarse el bolsillo hasta que llegó la decisión del Tribunal Constitucional. | J. G. H.

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