El expresidente del Cabildo de Lanzarote y consejero de CC en esa institución, Pedro San Ginés, ha aclarado en relación a la suspensión del inicio del juicio en su contra previsto para mañana, 17 de mayo, por la incautación ilegal de la desaladora privada de Club Lanzarote en Montaña Roja (Yaiza) en 2014, que no fue el pasado viernes 13 de mayo cuando su abogado presentó el incidente de nulidad de actuaciones ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, sino el pasado 19 de abril. Aclara que tampoco se trata de "un incidente de nulidad de actuaciones lo que mi defensa ha presentado el pasado viernes en el Juzgado de lo Penal Nº3 de Arrecife, como erróneamente se ha trasladado a los medios [por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias].

San Ginés precisa que "el incidente de nulidad ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas fue presentado el pasado día 19 de abril por entender mi defensa, tal y como hemos venido sosteniendo desde el primer momento, que no existe acusación formalmente legitimada en el caso que nos ocupa, es decir, que las personas físicas que formularon la acusación nunca se personaron como parte del procedimiento ni existe resolución que les acepte como tales y, por tanto, no son parte del procedimiento". Se refiere San Ginés a los consejeros de Podemos el pasado mandato en el Cabildo de Lanzarote Carlos Meca y Pablo Ramírez.

"La Fiscalía ha solicitado el archivo de las actuaciones, no existe acusación y, por tanto, en un estado de derecho no puede celebrarse juicio sin acusación"

Pedro San Ginés - Expresidente del Cabildo de Lanzarote

Según San Ginés, "el incidente sostiene, que habiéndose retirado el querellante tras la resolución de clausura de la planta por parte del Gobierno de Canarias y el acuerdo alcanzado con el Consejo insular de Aguas y el Consorcio para la regularización de la situación, y habiendo solicitado la Fiscalía el archivo de las actuaciones, no existe acusación y, por tanto, en un estado de derecho no puede celebrarse juicio sin acusación".

En su opinión, lo que pudo haber generado el malentendido es que "no fue hasta el pasado jueves, día 12 de mayo, casi un mes después de haber presentado el referido incidente, cuando la Audiencia Provincial ha emitido providencia, dando audiencia a las partes para pronunciarse, con un plazo que finaliza después de la fecha de señalamiento para el comienzo del juicio".

Por ese motivo, el abogado de San Ginés, presentó justo el día después de conocer la citada providencia, el 13 de mayo, ante el Juzgado de lo Penal Nº3 de Arrecife, la suspensión del juicio hasta que la Audiencia resuelva si procede o no su celebración. "Solicitud formulada en lógica consonancia con el criterio ya adoptado en su día por el propio juzgado, cuando resolvió no señalar fecha para la celebración del juicio, hasta tanto la Audiencia Provincial resolviese un anterior incidente", concluye San Ginés.