La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció ayer que ha elevado al Tribunal de Justicia de la UE una cuestión prejudicial en la que plantea si se ajustan a la norma comunitaria puntos del acuerdo que patronal y sindicatos de la estiba alcanzaron hace dos años para adecuar su convenio a la reestructuración del sector aprobada por el Gobierno. Con esta iniciativa, el 'superregulador' deja en suspenso el proceso sancionador que abrió sobre este acuerdo en noviembre de 2017, unos meses después de su firma.

Para la CNMC, el acuerdo que la patronal de empresas estibadoras Anesco y los sindicatos con representación en el sector "incluye una serie de obligaciones comerciales entre operadores que van más allá del ámbito de la negociación colectiva y del Real Decreto con el que el Ejecutivo reformó el sector". De hecho, considera que estas obligaciones "pueden suponer una restricción al derecho de separación y libre competencia", según recordó en una nota recogida por Europa Press.

Rechazo de la patronal

La patronal de empresas estibadoras, Anesco, emitió un comunicado de respuesta a las pocas horas. En él, la organización emrpesarial considera que el acuerdo de subrogación de estibadores es una "materia típicamente laboral", que cuenta con jurisprudencia y cobertura legal, y que "no está sujeta a legislación de competencia europea".

En el documento, Anesco lamenta "que se vuelva a generar una incertidumbre" que "perjudica a la competitividad y la seguridad jurídica de la actividad" del sector, dedicado a la carga y descarga de buques en los puertos. También recuerda que con el acuerdo se pretendía garantizar el empleo a los estibadores tras la reforma del sector aprobada por el Gobierno, dado que supuso la desaparición las sociedades de gestión de trabajadores portuarios (sagep), de las que hasta entonces dependían los estibadores.

De igual forma, indica que el Reglamento aprobado este año para desarrollar normativamente la reforma del sector de la estiba "confirmó y aclaró la cobertura legal, así como la naturaleza típicamente laboral de la subrogación".