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Francisco J. Bastida

El Consejo General del Control Judicial

Se ha ido imponiendo la tendencia a considerar que las personas designadas representan a los partidos proponentes; se busca su lealtad política

Sede del Consejo General del Poder Judicial. EFE

La esperpéntica situación en la que se halla el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha tenido su penúltima manifestación en la extemporánea dimisión de su Presidente; hacía cuatro años que ya tenía que haber dejado el cargo. La última es el desacuerdo en la interpretación de quién debe sustituirlo en la presidencia del CGPJ. Metido en esta refriega, Groucho Marx parecería un jurista serio.

Este asunto no va de lucha por la independencia de los jueces, sino de poder. De un lado, el concreto y más inmediato deseo de impedir la renovación del CGPJ para seguir controlándolo y, de otro, el cumplimiento de la hoja de ruta consistente en erosionar y deslegitimar al actual Gobierno por no querer cambiar la ley para que los vocales del Consejo sean elegidos por los jueces. Es sorprendente que quien infringe con descaro la Constitución negándose a renovar el Consejo, descalifique al Gobierno por querer cumplir la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Es el mundo al revés. Núñez Feijóo afirma que el estado en el que se encuentra el CGPJ no tiene nombre, pero lo tiene y con mayúsculas, Partido Popular.

Esto no libra al PSOE de culpa. Al menos de culpa histórica, compartida con el PP, porque el consenso que demanda la Constitución al exigir que los nombramientos de los vocales del Consejo se hagan por mayoría cualificada, se ha convertido en un reparto de puestos entre socialistas y populares, con acceso circunstancial de otras fuerzas minoritarias. El problema no es tanto el reparto en sí, como su grosero entendimiento partidista. Inicialmente no fue así, pero se fue imponiendo la tendencia a considerar que las personas designadas representan a los partidos proponentes; se busca su lealtad política. Se fue perdiendo la idea de que, ante todo, los vocales del Consejo sean juristas de reconocida competencia y de que no susciten rechazo, al margen de quien sea su proponente.

Esta pérdida de sentido institucional se observa también en el escenario de la negociación para renovar el CGPJ y en sus protagonistas. La Constitución y la LOPJ atribuyen al Congreso y al Senado la designación de los veinte miembros del Consejo. Sin embargo, la negociación se ha venido cocinando entre el Gobierno y el principal partido de la oposición, siendo las Cortes unas convidadas de piedra. El colmo se alcanza con la designación del Presidente del Tribunal Supremo que, a la vez, se convierte en Presidente del CGPJ. Esta tarea corresponde, según la Constitución, a los veinte vocales del CGPJ. Sin embargo, el nombre del Presidente les viene impuesto por el acuerdo previo entre PSOE y PP para renovar del Consejo.

En la campaña mediática del PP para justificar su inadmisible incumplimiento de la Constitución y ocultar su espurio deseo de seguir controlando el Consejo se han sucedido diversos argumentos. El que ha tenido más éxito es el de que el CGPJ ha de ser elegido por los propios jueces y que, mientras no haya un compromiso del Gobierno en tal sentido, el PP no se aviene a renovar el Consejo. La excusa no se sostiene. Aunque el PSOE se comprometiese a ese cambio legislativo, la reforma no podría hacerse en el poco tiempo que resta de legislatura y, en todo caso, la renovación del actual Consejo se haría por el procedimiento vigente en la LOPJ, sin que los jueces eligiesen directamente a los doce vocales de extracción judicial.

Es curioso que el PP se rasgue ahora las vestiduras en este asunto, cuando ni Aznar ni Rajoy, siendo presidentes del Gobierno, impulsaron la reforma que ahora se ansía. De presumir que controlaba el Tribunal Supremo «desde atrás» –recuerden el famoso mensaje de Cosidó, portavoz popular en el Senado, o las conversaciones entre Zaplana siendo ministro de Justicia, e Ignacio González– el PP ha pasado a ser el adalid de la independencia judicial. Para el travestismo político no ha dudado en ocultar lo que establece la Constitución y tergiversar opiniones e informes de organismos europeos, cuya preocupación más importante no es la independencia judicial en España, sino el colapso del poder judicial, por el considerable retraso y bloqueo en la renovación del Consejo.

Debe aclararse de una vez que la independencia judicial no surge de que los jueces sean nombrados por los jueces. Su garantía deriva de la exigencia de que el juez sólo debe ser dependiente de la ley, no de ningún otro interés. La legitimidad de un parlamentario surge de su elección popular; la de un juez, de su sumisión a la ley, al imperio de la ley aprobada por el parlamento.

Por otra parte, más allá de simplificaciones interesadas, lo que se discute ahora no es si el CGPJ debe ser sea elegido todo él por los jueces, sino si deben serlo doce de sus veinte vocales, ya que la Constitución expresamente reserva los otros ocho a juristas, que no tienen por qué ser jueces, y cuyo nombramiento atribuye cuatro al Congreso y cuatro al Senado. Este debate no es de ahora. Inicialmente se interpretó que esos doce vocales profesionales de la judicatura deberían ser designados por jueces y magistrados. El resultado fue que el Consejo, dominado por su mayoría de vocales de origen judicial, se convirtió en un órgano sindical de la judicatura, erigido en contrapoder del Gobierno y de las Cortes. Consecuencia de esta deriva fue un cambio en la designación de los doce vocales judiciales, aprovechando la ambigüedad de la Constitución en este punto. En su literalidad, el artículo 122 demanda que doce vocales del CGPJ sean seleccionados «entre» jueces y magistrados de todas las categorías judiciales, pero no necesariamente «por» ellos. A partir de ahí, los veinte vocales fueron designados por las Cortes, diez por el Congreso y diez por el Senado, si bien seis en cada Cámara tendrían que ser de origen judicial. Por tanto, lo que pretende ahora el PP es volver a la casilla de salida. Es legítimo que lo quiera, pero no es excusa para impedir la renovación del CGPJ. Pero para ello no tiene más que esperar a las próximas elecciones.

El Tribunal Constitucional (TC), en su sentencia 108/1986, niega que la Constitución configure el CGPJ como un órgano de autogobierno de los jueces o como un órgano de representación de éstos. Lo que pretende, según el TC, es asegurar que la composición del Consejo refleje el pluralismo existente en el seno de la sociedad y, muy en especial, en el seno del poder judicial. Reconoce que esta finalidad seguramente se alcanza de manera más fácil eligiendo a esos doce vocales los propios jueces y magistrados, pero también alerta de los riesgos de corporativismo que ello conlleva, y que se han visto en la práctica.

En lo que respecta a las recomendaciones del Consejo de Europa, la Comisión de Venecia avala la fórmula establecida en nuestra Constitución. Un CGPJ mixto, en el que la mayoría de sus miembros sean jueces. También aconseja que estos vocales judiciales sean elegidos por los propios jueces, pero, al igual que el TC, advierte del peligro de corporativismo. En todo caso, lo importante es que el Consejo sea el órgano de gobierno de los jueces y no el de su control, ya sean sus controladores las asociaciones judiciales o los partidos, pero, viendo los procesos sobre corrupción política o de financiación irregular del PP, comprendo lo grande que es la tentación de querer gobernar a los jueces «desde atrás».

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