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Crisis del coronavirus | Situación sanitaria en Canarias

Las nuevas medidas de alerta sanitaria siembran la confusión

Gran Canaria enfila el nivel 4 el próximo lunes con numerosos cambios en las restricciones debido a las discrepancias entre la administración y los tribunales

Gran Canaria sube a nivel 4

Gran Canaria sube a nivel 4

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Gran Canaria sube a nivel 4 Nora Navarro

La escalada de contagios de coronavirus y el aumento de la presión hospitalaria en Canarias, que sufre el pico máximo de saturación en las UCI desde el inicio de la pandemia, a lo que suma el recrudecimiento de brotes en residencias, hospitales y cárceles, ha propiciado la subida de Gran Canaria al nivel 4 de alerta sanitaria con un galimatías de medidas y restricciones para tratar de doblegar la curva expansiva de la quinta ola.

La nueva normativa para este escenario, que difiere en numerosos aspectos con las medidas aplicadas con anterioridad en este mismo nivel en las islas, entrará en vigor en la madrugada de mañana para el lunes, a partir de las 00.00 horas, con la incorporación de múltiples modificaciones en materia de aforos, agrupaciones y cierres debido a los autos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y su discrepancia con los criterios del Gobierno de Canarias.

Por tanto, Gran Canaria enfila el tránsito al máximo nivel de alerta sanitaria en plena confusión con motivo de los continuos cambios de nivel de alerta en las islas, así como de las modificaciones dentro de esas mismas normativas.

A este caos, que ha favorecido una cierta relajación general en cuanto a la aplicación de las medidas, se suma otra realidad acuciante: la alta contagiosidad de la variante Delta, que es la predominante en Canarias con un 80,5% de los casos, y que resulta 1.000 veces más infectiva que la cepa original, además de erigirse en la única variante que permite a las personas vacunadas contagiar el virus.

Reglas imbatibles

Ahora bien, la vacuna, sumada a las medidas básicas de prevención y seguridad -el uso de las mascarillas, la distancia social y la rutina de higienización-, se reafirman como el arma fundamental para combatir el virus. De hecho, los expertos sanitarios coinciden en que si la variante Delta hubiese irrumpido antes de que se iniciara la campaña de vacunación, el escenario actual en Canarias habría sido «una escabechina».

Por esta razón, uno de los factores que más preocupa a los sanitarios en la Unidad de Medicina Intensiva (UMI) del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria es que nueve de cada diez pacientes que precisan ingreso no están vacunados contra el virus o no han completado aún la pauta de la inmunización.

Por tanto, el nivel 4 se estrena en Gran Canaria con una tabla de medidas bastante más laxa que la que se impusiera meses atrás en la isla de Lanzarote, la primera isla en ascender a este grado el pasado enero, pero también con respecto a niveles inferiores aplicados entonces en el resto de las islas con peores datos epidemiológicos. Esto se debe a las diferencias entre el Gobierno de Canarias y el TSJC, ya que este último no ha dado luz verde a algunas peticiones para reforzar las restricciones contra el virus, debido a la falta de un marco jurídico que las ampare tras el fin del estado de alarma.

Estas limitaciones se corresponden precisamente con las herramientas que contribuyeron a contener el virus en oleadas anteriores y que, en principio, no se contemplan en la nueva tabla de medidas para los distintos niveles de alerta en Canarias, como son el toque de queda, el cierre perimetral y la clausura de espacios interiores para los niveles 3 y 4.

A este respecto, el Ejecutivo regional anunció el pasado jueves que ya trabaja en una norma que brinde marco legal a un nuevo paquete de restricciones contra el virus y que espera tener aprobada en las próximas semanas. Por otra parte, el TSJC también ha suspendido de forma cautelar la medida del Gobierno canario de exigir el Certificado Covid o un test negativo para acceder a los interiores en establecimientos de hostelería y restauración. Sin embargo, este sí será obligatorio para los viajes interinsulares, a la península o al extranjero (o en su defecto, un test negativo realizado en las 72 horas previas).

Hasta entonces, las normas en vigor para el nivel 4 de alerta sanitaria en Canarias, que entra en vigor a partir de la madrugada de mañana en Gran Canaria, y que también deben aplicarse en Tenerife, son las siguientes:

Uso de la mascarilla y distancia interpersonal

Todas las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en todos los espacios de uso público. En las calles y espacios exteriores, solo se puede prescindir de la mascarilla si se garantiza la distancia interpersonal de dos metros. Además, se recomienda no permanecer en espacios cerrados y concurridos. También se puede retirar la mascarilla en espacios de naturaleza al aire libre fuera de núcleos de población, así como en playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio sin desplazarse, y siempre que pueda mantenerse la distancia de dos metros de otras personas no convivientes.

Reuniones limitadas a cuatro personas en casa y en la calle

Las reuniones de grupos de personas, en espacios públicos y privados, es de un máximo de cuatro personas, salvo convivientes.

Cierre de locales de 00.00 a 6.00 horas

Para la actividad de establecimientos de hostelería y restauración, el Gobierno de Canarias ha decretado el cierre completo del local y del servicio de recogida en el propio establecimiento antes de las 00.00 horas. Sin embargo, en el nivel 4, esta limitación no existe porque la tumbó en los autos del TSJC por un recurso de los empresarios de Tenerife.

Un tercio de aforo en guaguas y dos personas en taxis

En los taxis de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse un máximo de dos personas por cada fila de asientos, salvo que se trate de personas del mismo grupo de convivencia estable, excepto en el asiento al lado del conductor. Todos los ocupantes deben llevar mascarilla y se garantizará la renovación del aire: ventanas abiertas o sistema de toma de aire exterior. En cuanto a las guaguas, se reduce el aforo al 33% y se reforzarán las líneas de mayor afluencia.

Potenciar el teletrabajo

La prestación de servicios se debe realizar, preferentemente, de modo telemático. En el caso de reuniones, sólo se realizarán de forma presencial aquellas que sean imprescindibles.

Prohibido fumar en terrazas y en movimiento

No está permitido fumar mientras se transita por la vía pública, así como tampoco en los locales y establecimientos abiertos al público, incluidas las terrazas al aire. Solo se permite fumar en la vía pública si se garantiza la distancia de seguridad de dos metros de forma permanente con el resto de personas.

Comer y beber en la calle

Se prohíbe comer y beber en la vía pública y en los espacios al aire libre cuando no sea posible garantizar la distancia, excepto entre grupos de convivencia estable y en lugares autorizados para ello.

Prohibidos los eventos multitudinarios

Estos eventos no podrán celebrarse en territorios que se encuentren en estos niveles de alerta, y en el caso de que el evento haya sido autorizado con anterioridad a la entrada del territorio en uno de estos dos niveles de alerta, la autorización decaerá quedando sin efecto.

Hostelería y restauración: seis en exterior, cuatro en interior y dos en barra

Las terrazas al aire libre tendrán un aforo del 75% y los comensales serán como máximo 6; en el interior no se podrá superar el 50% del aforo y se podrán sentar en cada mesa 4 personas como máximo, y el consumo en barra será en grupos de 2 personas. Además, en todos los niveles de alerta debe respetarse la distancia de, al menos, dos metros entre las sillas de mesas colindantes, entre grupos de mesas y entre grupos de clientes en barra. Para facilitar el rastreo ante casos positivos de Covid-19, se llevará un registro de los clientes en los servicios de comida y cena en zonas interiores de restaurantes (nombre y apellidos, DNI, teléfono y fecha y hora del servicio). Por otra parte, quedan prohibidos el bufé y el autoservicio en interiores (sí se permiten al aire libre), con excepción de los establecimientos hoteleros.

33% de aforo en establecimientos turísticos

Los aforos en estos recintos se reducen al 33%, con grupos de un máximo de cuatro personas, y se permite el bufé asistido en el interior y exterior.

25% de aforo en tiendas

El aforo en el interior de locales y comercios minoristas y actividades de servicios profesionales abiertos al público se reduce al 25%. En establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, el aforo se reduce al 25% en cada una de ellas.

50% de aforo en playas

Los no convivientes deben guardar la distancia de al menos dos metros entre sí cuando no hagan uso de la mascarilla. Sólo se permite la práctica de deporte individual con distancia de seguridad.

Parques cerrados

El uso del mobiliario urbano infantil y deportivo queda prohibido, por lo que los ayuntamientos deben proceder a su precinto.

55% del aforo en cines y teatros

Reducción al 55% del aforo autorizado en cines, teatros, auditorios y en espacios culturales estables. Se mantendrá como mínimo dos butacas libres (debe señalizarse la prohibición de su uso) entre grupos de convivencia en la misma fila horizontal y una butaca libre, tanto delante como detrás de cada butaca ocupada. También se prohíbe comer y beber durante espectáculos o sesiones.

25% de aforo en museos

El aforo en museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales se reduce al 25%, con grupos de hasta cuatro personas.

33% de aforo en bibliotecas

El aforo en bibliotecas, salas y servicios se reduce a un tercio, con grupos de hasta cuatro personas.

Actividad física y deportiva no federada: 25% de aforo al aire libre, 55% en interiores

Al aire libre, el aforo es hasta el 25%, mientras que en el interior de las instalaciones y centros deportivos se permite hasta el 55% del aforo.

Máximo de 25 personas en la actividad deportiva federada

La práctica deportiva federada profesional (fútbol de primera y segunda división masculina y baloncesto, liga ACB masculina), nacional e internacional, podrá llevarse a cabo individual y colectivamente, con la distancia de seguridad y con un número máximo de 25 personas simultáneamente. En el ámbito regional e insular, se prohíbe cualquier tipo de práctica al aire libre en la que no pueda mantenerse la distancia y queda prohibida la práctica de la actividad física y deportiva en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos. También quedan suspendidas las competiciones deportivas de carácter federado de ámbito regional e insular. No podrán celebrarse eventos multitudinarios sujetos a autorización previa y, en ese caso, no se permite la asistencia de público, salvo lo relativo al acompañamiento de menores en instalaciones al aire libre que dispongan de gradas.

33% de aforo en lugares de culto religioso, velatorios y entierros

En todos estos casos, el aforo se reduce al 33%, con un máximo de 20 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados.

55% de aforo en establecimientos y locales de juego y apuestas

El aforo se reduce al 55% y las mesas admiten una ocupación máxima de cuatro personas, con distancia de dos metros entre sillas de diferentes mesas.

33% de aforo en campamentos infantiles

En estos casos se permite un aforo máximo de 20 personas, incluidos los monitores, en grupos de cuatro personas, pero se cierran las acampadas, refugios, albergues no sociales y campamentos con pernoctación.

33% de aforo en piscinas colectivas y spas cerrados

Las instalaciones descubiertas admiten un tercio del aforo, en grupos de hasta dos personas. Las piscinas cubiertas de titularidad pública se abren solo para usuarios que precisen de la actividad con fines terapéuticos y mejora de la salud. Los spas o piscinas de hidromasaje cubiertas permanecerán cerrados.

Prohibida la fiesta y la posibilidad del botellón

El ocio nocturno (discotecas, bares de copas y karaokes) permanecerán cerrados. Además, se establece el cierre, antes de las 22.00 horas, de parques y playas y a aquellos otros espacios públicos en los que sea previsible la celebración de botellones o en los que puedan producirse aglomeraciones.

Actuaciones musicales, sí, pero con precaución

Los espectáculos con coros, bandas, orquestas u otras agrupaciones musicales en espacios cerrados solo pueden celebrarse si se garantiza el uso continuo de la mascarilla y la distancia de seguridad. Estos eventos también podrán desarrollarse en espacios al aire libre, siempre y cuando se garantice esta distancia entre los componentes y entre estos y el público.

Niveles que se chocan


Las contradicciones y desconciertos que presenta la nueva tabla de medidas preventivas contra el coronavirus para los distintos niveles de alerta son numerosos. Muchas restricciones no solo son iguales en los niveles 3 y 4, sino que, incluso, son mayores en el nivel 3 que en el 4. Por ejemplo, en los gimnasios, así como en locales y casas de apuestas, el aforo se reduce al 55% en nivel 4, y al 33% en el 3. Por otra parte, existe una gran confusión con respecto a la medida del cierre total entre las 00.00 y las 6.00, ya que los autos 249/2021 y 250/2021 del 29 de julio de 2021 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, relativos al procedimiento ordinario nº 231/2021 e interpuesto por el Círculo de Empresarios y Profesionales del Sur de Tenerife, certifican la suspensión de dicho cierre total


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